Impugnan constitucionalidad de nuevos requisitos de tasación para venta de inmuebles
Asociación de Abogados presentó hoy ante el Tribunal de Primera Instancia un recurso de sentencia declaratoria impugnando la constitucionalidad del artículo 86 de la Ley 52 de 2022, firmada por el gobernador el pasado 30 de junio.
La Asociación de Abogados presentó hoy ante el Tribunal de Primera Instancia un recurso de sentencia declaratoria impugnando la constitucionalidad del artículo 86 de la Ley 52 de 2022, firmada por el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia el pasado 30 de junio.
El artículo requiere a los notarios solicitar para otorgar una escritura de segregación, agrupación o traslación de dominio de un bien inmueble el precio de tasación con una tasación realizada por un evaluador profesional autorizado con licencia en Puerto Rico, un plano de mensura y un estudio de título de propiedad.
La Asociación sostiene que el requisito fue incluido de forma inconstitucional en la Ley 52 de 2022 el último día de la sesión ordinaria, a pesar de que no tiene relación alguna con la medida legislativa.
El presidente de la Asociación, Ferdinand Ocasio, aseguró que “esta medida afecta a nuestros notarios al imponer requisitos adicionales para el otorgamiento de una escritura sobre el dominio de un inmueble”.
Agregó que “la Ley 52 de 2022 es un proyecto del gobernador Pedro Pierluisi y los nuevos requisitos a los notarios se añaden por la Asamblea Legislativa el último día de sesión ordinaria, sin el aval del Ejecutivo y sin relación con la medida de administración”.
Mientras, el abogado de la Asociación, Ramón Rosario Cortés, explicó que “la sección 17 del artículo III de la Constitución de Puerto Rico requiere que las leyes tengan solo un asunto en general y disposiciones germanas”.
El licenciado detalló que “la Ley 52 de 2022 es una medida contributiva del gobernador para sustituir el impuesto de las entidades foráneas legislado por la Ley 154 de 2010 y no tiene relación con requisitos de tasación en la compraventa de un bien inmueble”.
De acuerdo con Rosario Cortés, los requisitos establecidos en el artículo 86 y añadidos a la medida legislativa estaban en el proyecto de la Cámara 827 del presidente de la Cámara, Rafael Hernández Montañez.
El proyecto fue aprobado en la Cámara el 18 de junio de 2021, pero luego de un año, el Senado no lo había considerado.
La Asociación de Abogados agrupa cerca de 3,000 abogados y notarios en Puerto Rico.
Vea aquí el recurso:
file:///C:/Users/inter/Downloads/Demanda%20Radicada.pdf