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Tránsito

Senado aprueba medida para dar forma al marbete electrónico

A pesar de que fue aprobado a viva voz, la votación final fue pospuesta para una futura sesión.

El marbete, tal como lo conocemos en la actualidad, quedará en el pasado.
Foto: NotiCel

El Senado aprobó hoy a viva voz el proyecto de la Cámara 1125, sobre el marbete electrónico, una iniciativa que ya desarrolla el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) como plan piloto, pero que la medida busca abordar para evitar “cuestionamientos legales” y “clarificar” las “particularidades” sobre el nuevo sistema en la Ley de Tránsito (Ley 22).

Sin embargo, la votación final fue pospuesta para una futura sesión, según aconteció hoy en la Cámara Alta.

El marbete electrónico consiste en un sello que se adhiere al vehículo de forma permanente y su renovación será de forma digital.

Además, cada marbete tendrá un identificador único y se estará utilizando el sistema actual del DTOP, conocido como “David Plus".

De la autoría del representante Ángel Matos García, la pieza legislativa enmienda la Ley 22 para establecer un marbete electrónico destinado a los vehículos, disponer sobre su uso, vigencia y derechos, e implementa un plan piloto, que también lleva a cabo el DTOP.

La medida regula los trámites que deben realizar los ciudadanos para la concesión de permisos relacionados con la expedición del certificado de inscripción e inspección y un marbete, “evidenciando el pago de derechos para conducir en las vías públicas del país.

El característico sello representa la validación y autorización del pago de derechos anuales de la licencia del vehículo.

La implementación del marbete es la garantía que el vehículo fue debidamente inspeccionado.

Según la exposición de motivos de la medida, a través de los años “se ha denunciado la problemática que ha enfrentado el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) ante la falta de disponibilidad de los marbetes, lo que ha obligado a dicha agencia a extender la utilización de marbetes vencidos”.

En cuanto al plan piloto, junto con coincidir con el del DTOP, pide que la agencia presente un informe sobre el resultado.

El DTOP ha expresado que la aprobación de este proyecto es “innecesaria”, ya que la Ley 22 ofrece al DTOP la facultad para implementar un marbete electrónico.

De hecho, hace algunos meses la agencia ha estado trabajando en esta iniciativa, como una de la Rama Ejecutiva.

Sin embargo, en la medida se establece que “resulta menester clarificar en nuestra Ley de Tránsito todas las particularidades sobre el marbete electrónico. Asimismo, es importante dejar claro en la Ley 22 que, en adelante, esa será la manera de operar los marbetes en Puerto Rico. No establecerlo así, daría paso a cuestionamientos legales sobre la validez del marbete electrónico. De igual forma, sería una iniciativa sujeta a una administración gubernamental particular y no habría un mandato de continuidad”.

Insiste en que el hecho de que ya el gobierno esté desarrollando el marbete electrónico “no afectaría la política pública” si hay un mandato legislativo: “Estaría tanto la Rama Ejecutiva como la Rama Legislativa uniendo esfuerzos hacia un mismo fin”.

Un equipo de trabajo compuesto por el DTOP, PRITS, la Oficina de la Secretaria de la Gobernación, el DSP y la Policía ya ha estado trabajando para la implementación de esta medida.

Se han comenzado a ejecutar pruebas para garantizar la confiabilidad y seguridad del sistema y se esperan comenzar la implementación del marbete electrónico, de forma gradual, a medida que se van caducando los marbetes tradicionales.

Desde septiembre de 2021 las agencias involucradas han estado trabajando para la implementación de este marbete electrónico para comenzar con este proyecto en 2023.

Senado también aprueba proyecto 909

En la sesión de ayer el Senado también aprobó el proyecto de la Cámara 909, que busca enmendar el artículo 10.16 de la Ley 22 de 2000 (“Ley de Vehículos y Tránsito”) para autorizar la confiscación de aquellos vehículos que posean tablillas de baja velocidad y que transiten por las autopistas o vías públicas cuyo límite de velocidad sea mayor a 25 millas por hora, tipificar su prohibición como delito menos grave e imponer multas.

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