No ha lugar a la desestimación de cargos contra Jensen Medina
Según la jueza Gema González, la defensa no presentó argumentos suficientes para sostener que el acceso a una máquina NVR ha perjudicado al imputado de asesinar Arellys Mercado.
La jueza Gema González Rodríguez declaró no ha lugar la petición de desestimación de los cargos contra Jensen Medina Cardona en el caso del asesinato de Arellys Mercado Ríos.
"No procede la desestimación de las acusaciones en contra del Señor Jensen Medina Cardona", dijo la jueza.
"Es forzoso concluir que no procede la desestimación de las acusaciones en contra del Señor Jensen Medina Cardona, al amparo de los artículos 93 (a) del Código Penal del 2012, según enmendado y por alegada violación a los artículos 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas del año 2000, según enmendada, por hechos ocurridos en Villa Marina Yacht Harbour, t/c/p Villa Marina Boulevard, en Fajardo (Villa Marina) Puerto Rico, debido a que la defensa no cumplió con las disposiciones de las Reglas de Procedimiento Criminal, las Reglas de Evidencia antes expuestas y el estándar de materialidad según interpretado por la Corte Suprema de los Estados Unidos, al no presentar argumentos suficientes en derecho que pusieran al Tribunal en posición de resolver lo solicitado. Por tal razón, determinamos que no procede la solicitud de desestimación", lee la resolución de seis páginas.
La defensa de Medina, sostenida por los licenciados Gordon, alegó en su moción de desestimación que la defensa de Medina había sido perjudicada al no recibir acceso a una máquina NVR para ver una evidencia y que de haberse descubierto oportunamente, la misma hubiese sido evidencia pertinente para la impugnación de los testigos del Ministerio Público. La defensa, argumentó además, que los videos de la máquina NVR son de mejor calidad que los entregados por el Ministerio Público.
"Concluimos, que lo presentado por la Defensa no cumple con el estándar de materialidad interpretado por la Corte Suprema Federal en el caso Brady vs. Maryland, supra, debido a que a defensa no ha puesto al tribunal en posición de examinar si la revelación de las grabaciones de la máquina NVR son prueba material que tiene el efecto de que exista una probabilidad razonable de que, si la evidencia se hubiera revelado a la defensa, el resultado del procedimiento hubiera sido diferente", concluyó la jueza.
El juicio se reanuda la semana próxima en el Tribunal de Fajardo, con el ministerio público representado por los fiscales Jaime Perea, Yamil Juarbe y la fiscal Dianette Aymat.
Vea aquí la resolución.