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Salud

Tras caso de niña encadenada, ASSMCA lanza nuevo reglamento para fiscalizar hogares que se tardó cuatro años en activar

Hoy comienza a regir el estatuto, que refuerza el control sobre las más de 500 instituciones que se dedican a cuidar a pacientes de salud mental en la Isla.

Carlos Rodríguez Mateo, administrador de la ASSMCA.
Foto: Redes

Un reglamento que estaba pendiente de aprobación por parte de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), y que comenzó a elaborarse en agosto de 2019, comenzará a regir a partir de hoy, en momentos en que se investiga el caso de una adolescente que fue encadenada en el hogar Flamboyán Real de San Lorenzo.

El ordenamiento vigilará el buen funcionamiento de los 512 centros, hogares, instituciones de desintoxicación y hospitales de salud mental (generales y forenses) que sirven a pacientes con diferentes tipos de cronicidad, y que están certificados o en un proceso de renovar la licencia con la ASSMCA.

Sobre la diferencia que tendrá este reglamento con el anterior vigente de noviembre de 2012, Antonio Castellano Meléndez, director de la Oficina de Organismos Reguladores de la agencia, indicó a NotiCel que se busca, al igual que con la normativa pasada, "seguridad y eficiencia", y aunque admitió que no hay un cambio "sustancial" sí aseguró que hay una "mejoría" en las exigencias que se le van a hacer a los centros y en las multas que se van a imponer en caso de ser necesario.

El Reglamento para el Licenciamiento de las Instituciones Proveedoras Públicas y Privadas Dedicadas a la Prestación de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción y los Programas de Ayuda al Empleado (PAE), de 78 páginas, incluye multas en caso de incumplimiento.

Toda primera infracción, conllevará la imposición de una multa administrativa de $600. Si la institución proveedora incurre nuevamente en violación la cifra sube a $800 y si repite la cantidad llega a $1,000. Un cuarto incumplimiento implica el desembolso de $5,000.

También hay una cantidad de empleados que debe trabajar de acuerdo con el número de pacientes, en términos de cuidado y seguridad.

El estatuto, que estaba creado y revisado, no se había completado y estaba pendiente la última fase: su rubricación en el Departamento de Estado y que el documento fuera traducido al inglés, para efecto de ley.

El funcionario abundó que "actualmente, una persona que llega de la nada y que está interesada en abrir un hogar para personas geriátricas de salud mental, se le realiza una primera visita, una segunda y se le da una licencia partiendo de que salió todo excelente. Qué sucede, una vez se da la primera visita, automáticamente se calendariza otra a los 6 meses, de seguimiento. ¿Qué vamos a ver ahora? Que el centro siga cumpliendo, que siga igual a cuando se licenció. Con el reglamento anterior, si hubo un señalamiento, pues se puede someter una multa y lo que se ha hecho (con el caso de la niña encadenada), dependiendo lo que se encuentre. En el nuevo reglamento es igual, pero se establece un plan de acción correctivo y la visita conlleva una pequeña multa, porque se supone que al darte yo una licencia por dos años se tiene que garantizar que durante ese período el hogar va mantenerse en las mismas condiciones".

Añadió que, "luego, si se encuentra el hogar no en las mismas condiciones se somete un plan de acción correctiva, pero eso quita un espacio para volver a visitar y tiene ya una consecuencia que no tenía el reglamento anterior. Estamos buscando que haya mayor cumplimiento. Que no sencillamente cojan la licencia y se olviden. Todo paciente tiene un nivel crónico y eso tiene unas clasificaciones. De acuerdo con la clasificación de ese paciente son las exigencias que yo le hago, o le hace la oficina, para emitir una licencia. Pero, indistintamente, todo va dirigido a un fin: que el centro sea seguro, adecuado. Y cuando digo adecuado, que sea tanto para la edad, que se tome en consideración de dónde viene (de una familia, de un hogar) y que pueda proveer servicios de manera externa, ya sea psiquiatra o psicólogo".

Asimismo, mencionó que los centros de este tipo deben ser "efectivos, dignos -los pacientes de salud mental la tienen igual que cualquier otra persona- y competentes, y con competente se puede entrar a lo que sucedió en el hogar de San Lorenzo".

La ASSMCA supo del caso el 5 de mayo, tras una comunicación de Familia sobre la situación, lo que implica que, en ese momento, la Oficina peticiona un referido con los hallazgos y crea la querella, tras lo cual se envían a dos investigadores que acudan al lugar durante tres días: 9, 10 y 11 de mayo.

El día 12 concluye la pesquisa y el 15 de mayo ya estaba el informe sobre el escritorio de Castellano Meléndez, quien lo refiere al departamento legal, con el que sostiene una reunión para determinar la acción a seguir: la denegación de la licencia, que fue lo que se emitió finalmente, aunque el hogar aún, hasta el pasado miércoles, no había recibido una apelación de parte de los propietarios, para lo que tienen 10 días, o de lo contrario se materializa la orden de cierre y las puertas se sellan con candado.

Lo que se da primeramente es una denegación de licencia, que significa que si el centro no tenía licencia no se le concederá una y si la posee, se la va a retirar. En ambos casos, dada esa decisión, el Departamento de la Familia tiene que comenzar a remover a los pacientes.

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