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Retiro

Revocan aumento de interés para acreditar años de servicio magisterial (documento)

El Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia, que permitió la aprobación de una resolución de la Junta de Síndicos del Sistema de Retiro de Maestros (SRM) que aumentó el interes de 2% a 9.5% que debían pagar las maestras y maestros para poder acreditar los años de servicio prestados en otras agencias gubernamentales o en colegios privados para poder retirarse.

La sentencia emitida por el Apelativo el 19 de diciembre de 2014, fue notificada a las partes en hoy jueves, dejando sin efecto la Resolución 2014-001 de la Junta de Síndicos del SRM.

El 18 de julio del año pasado, el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, había validado dicha resolución. En aquel entonces, la portavoz de la organización magisterial EDUCAMOS, Eva Ayala, había denunciado que la decisión del Tribunal 'fue errada', en vista de que la Ley 91-2004 establece que la decisión de la Junta del SRM 'tenía que ser aprobada por la mayoría de los presentes en la reunión y no fue así'.

'Esa decisión de la Junta del SRM representa un menoscabo a las obligaciones contractuales lo que fue declarado inconstitucional en la decisión del caso de la Ley 160. Es decir, la Junta aumentó ilegalmente de 2% a 9.5% el interés a pagar por el tiempo no cotizado en retiro, fijó el mismo interés que fue declarado inconstitucional por el Tribunal Supremo para el magisterio activo en el caso de la Ley 160. La Junta del SRM tomó esa decisión mientras la Ley 160 estaba detenida. Al decidir el caso finalmente, el Tribunal Supremo decidió en contra de ese cambio. No obstante, la Junta se reafirmó en su determinación de aumentar el interés, decisión que el Tribunal de Apelaciones revocó en el día de hoy', explicó Ayala.

Según la decisión de Apelaciones reconoció que, '[c]omo solo tres (3) de los siete (7) miembros presentes votaron a favor de la medida, no se constituyó la mayoría de los presentes que estableció el legislador al promulgar el artículo 10 de la Ley 91-2004…' Dicho artículo establece que toda resolución adoptada por la Junta de Síndicos 'deberá ser aprobada por mayoría de los presentes.'

'Esperamos que los miembros de la Junta de Síndicos del SRM sepan aprovechar esta oportunidad para que de aquí en adelante representen adecuadamente los intereses del magisterio y busquen soluciones reales, justas y adecuadas para la crisis que enfrenta el retiro de maestros,' apuntó Ayala.

Sentencia de Apelaciones - NotiCel _10407

Tribunal de Apelaciones (Archivo/NotiCel)
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