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Supremo desaire a empleados públicos golpeados por Reforma de Retiro

Sin ni siquiera firmar con su nombre las palabras con las que despojaron a miles de empleados públicos de sus derechos de pensión, un bloque mayoritario del Tribunal Supremo determinó el lunes sostener la constitucionalidad de la Ley de Reforma de Retiro que impulsó la Administración García Padilla en un escrito de apenas 12 páginas que sólo usa como evidencia la propia justificación que el Gobierno da de la ley.

El esquema de votación fue 5-4, con los jueces asociados Roberto Feliberti y Rafael Martínez uniendose a los tres jueces asociados nombrados por gobernadores populares para conformar la mayoría.

El escrito mayoritario, no firmado por ningún juez, se reduce a un calco de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que la semana pasada razonó que la Reforma de Retiro (Ley 3) era constitucional porque, aunque violentaba la prohibición constitucional en contra de menoscabar el contrato que el Estado hizo con los empleados, era una solución razonable y necesaria a la crisis de los Sistemas de Retiro.

'[L]as partes demandantes alegaron de forma generalizada que existían alternativas menos onerosas, sin detallar cómo éstas se llevarían a cabo y cómo asegurarían la solvencia actuarial del Sistema de Retiro', dijo la mayoría del Tribunal a pesar de que: a) los demandantes incluyeron como evidencia las múltiples y extensas ponencias que hubo en vistas públicas proveyendo alternativas, incluso de la autoría de los propios auditores de la Contraloría que luego se convirtieron en demandantes; y de que: b) la propia Reforma se aprobó sin que sus propuestas fueran probadas con modelos actuariales vigentes ya que el estudio más reciente disponible es del 2011.

'[L]as medidas implantadas son razonables y necesarias para salvaguardar la solvencia actuarial del sistema de retiro, y no existen medidas menos onerosas para lograr ese fin', subraya la mayoría a pesar de la evidencia en contrario.

En su escrito por separado, los jueces Feliberti y Martínez parecen estar más preocupados con la pelea pública con el gobernador Alejandro García Padilla que con los méritos del caso. La expresión se resume a plantear, ante la declaración del Gobernador de que el Supremo sería responsable de la degradación del crédito si declaraban inconstitucional la Reforma, que 'quienes presumieron la existencia de una agenda escondida por parte de miembros de este tribunal, quedan hoy desmentidos'.

En el lado de los disidentes, es el juez asociado Luis Estrella Martínez el que produce el escrito más sólido, incluso con la recopilación histórica de eventos relacionados al Sistema de Retiro que la opinión anónima de la mayoría no preserva para el récord público.

Es en su escrito que se consigna que la Reforma afecta a por lo menos 135,000 empleados activos sin contar los ya retirados. En el recuento se hace claro que la crisis no es culpa de los empleados sino del propio Gobierno que, desde el día 1 del sistema, ha incumplido con la obligación legal de inyectarle fondos para suplir cualquier déficit. Al contrario, la recopilación deja claro que, por décadas, el Gobierno contribuyó al déficit al crear leyes y fomentar conductas que lo aumentaban.

Para Estrella, la Reforma es 'la opción más drástica disponible en el arsenal legislativo del Estado que conlleva la nefasta realidad de: (1) acelerar la decisión de jubilación o renuncia de los servidores públicos, ocasionando la erogación de fondos no previstos; (2) aumentar de manera dramática e irrazonable los años de servicio requeridos a un empleado para jubilarse; (3) reducir los beneficios de jubilación acordados cuando fue nombrado; (4) agravar la crisis económica y social que atraviesa Puerto Rico, al impedir que los empleados públicos puedan cumplir cabalmente con sus deudas contraídas, ya que al momento de jubilarse no contarán con los ingresos esperados y planificados para su jubilación; (5) limitar las opciones de los servidores públicos, quienes no gozan de alternativas con relación al disfrute de las aportaciones que realizaron; (6) promover la inestabilidad emocional, afectando así la salud y el bienestar de los servidores públicos, quienes desconocen el monto con el que podrán contar al momento de retirarse; e (7) impedir que el empleado público pueda ahorrar debido a que se gravan sus fondos al aumentar sus aportaciones y requerírsele que adquieran un seguro de incapacidad y que aporten al pago de la administración del sistema'.

'Ante la disponibilidad abrumadora de medidas alterna que hubiesen evitado el menoscabo contractual aquí impugnado, resulta forzoso concluir que la (Reforma) no era necesaria', indica.

'Ciertamente, el mal que hoy se le impone a los trabajadores es producto del descuido administrativo que, por décadas, el Estado ha venido arrastrando y postergando. Sin embargo, una mayoría de este Foro ha castigado al más inocente –al empleado- y ha premiado la irresponsabilidad del más culpable -el Gobierno. Con ello, ha consentido a que el Estado apunte su lanza en contra de los servidores públicos, para así poder sembrar terror, acusarlos y repartirles las responsabilidades que declinó ejercer', concluyó.

Por su parte, los jueces Mildred Pabón Charneco y Edgardo Rivera García concentraron sus esfuerzos en diferenciar la Reforma de Retiro de la Ley 7 de la Administración Fortuño, cuyo precedente fue el que usó la mayoría para sostener la Reforma de Retiro.

Pabón Charneco no dejó pasar la oportunidad para resaltar que el mismo bloque de jueces populares que estuvo en contra de la decisión del Supremo en la Ley 7 es el mismo que ahora usa ese precedente para apoyar la Reforma de Retiro. Mientras, Rivera García dijo que hubiera otorgado la suspensión de la aplicación de la ley que pidieron los demandantes y que 'si hoy cientos de miles de puertorriqueños viven bajo los niveles de pobreza, sin infraestructura básica, bajo condiciones ambientales difíciles y viviendas deficientes esta decisión judicial será el opresor de otros miles más'.

La decisión fue adelantada más temprano hoy por el diario El Vocero en su página de internet.

Vea también:

Piden paralización al Supremo por crímenes del Estado contra Retiro (documento)

*Versión actualizada de historia publicada el 24 de junio de 2013.

Tribunal Supremo Reforma Retiro Opinión Pabón Charneco - NotiCel_2996

Tribunal Supremo Reforma Retiro Opinión Rivera García - NotiCel_2997

Tribunal Supremo Reforma Retiro Opinión Estrella Martínez - NotiCel_2998

Tribunal Supremo Reforma Retiro Sentencia - NotiCel_2999

Tribunal Supremo Reforma Feliberti Cintrón y Martínez Torres - NotiCel_3000

El juez asociado Roberto Feliberti Cintrón. (Josian Bruno/NotiCel)
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