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Política

Todo se queda igual en la CEE, desestiman impugnación contra presidenta alterna

Tribunal determinó que la jueza Jéssika Padilla Rivera ejerce en ley la función de presidenta interina de la CEE y puede seguirlo haciendo.

La presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), la jueza Jéssikka Padilla Rivera, está ejerciendo de manera legal la presidencia interina del cuerpo organizador de las elecciones en la isla y puede seguirla ejerciendo, determinó el Tribunal de Primera Instancia.

Al llegar a esta conclusión, el juez superior Anthony Cuevas Ramos desestimó la impugnación que había sometido el Senado de Puerto Rico por entender que la jueza no podía ejercer un interinato permanente.

Es el tercer pleito que presenta el Senado este cuatrienio con relación a los nombramientos en la cúpula de la CEE bajo el nuevo Código Electoral de 2020. En el primero consiguieron que el Tribunal Supremo declarara inconstitucional la disposición que facultaba a que el Alto Foro hiciera los nombramientos de Presidente y Presidente Alterno. En el segundo, el juez Alfonso Martínez Piovanetti no accedió a la solicitud de la Cámara Alta para impugnar el interinato de la jueza Padilla Rivera en la presidencia porque la sesión legislativa no había terminado y quedaba tiempo para que el Gobernador y el Senado se pusieran de acuerdo en un sustituto para Francisco Rosado Colomer, quien renunció a la presidencia de la CEE el 11 de julio.

En este tercer pleito, el Senado falló en su intento de impugnar el interinato indefinido de Padilla Rivera y en conseguir que el tribunal ordenara al Gobernador a someter candidatos a la presidencia.

Los expresiones de Cuevas Ramos para resolver el caso parecen intentar ser la última palabra sobre la controversia porque decidió que un presidente alterno de la CEE está facultado por ley para ocupar interinamente la presidencia del cuerpo con todos los poderes y facultades del cargo hasta que se nombre a un presidente. Es decir, sin estar atado a que haya terminado o no una sesión legislativa, como se trata a los nombramientos de secretarios en el ejecutivo.

Esto porque, observó el juez, el Código Electoral directa y claramente dispone que ante la vacante en la presidencia, la presidencia alterna se convierte en presidente interino con todas las facultades y que esto se mantiene hasta que se nombre a un sucesor. Distinto a las agencias del Ejecutivo, en las que los subsecretarios o subdirectores no pasan por el proceso de confirmación del Senado por lo que no pueden sustituir indefinidamente a sus jefes, en el caso del presidente y presidente alterno de la CEE ambos son nombramientos que reciben el aval del Senado. Por esto, ese cuerpo ha dicho que ambos están autorizados a ejercer como presidente. El presidente lo hace directamente y el presidente alterno lo hace cuando falte el presidente.

“[L]a Hon. Jéssika Padilla no es una empleada nombrada por el Presidente en propiedad para sustituirlo, o sea, que esté ocupando el cargo de forma interina. La Hon. Jéssika Padilla pasó por el mismo procedimiento de nombramiento por el cual tiene que pasar el Presidente en propiedad y que surge del Código Electoral”, subrayó Cuevas Ramos en su sentencia.

En cuanto a la solicitud de una orden contra el Gobernador, Cuevas Ramos no descartó de plano ese tipo de orden como algo improcedente en el proceso político, sino que apuntó que, en este caso, el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia no ha incumplido su deber de someter candidatos. “[N]o estamos ante el caso en el cual el Gobernador se ha cruzado de brazos para actuar y hacer nominaciones”, dijo al repasar que el gobernador sometió al Senado los nombres de los jueces Jorge Rivera Rueda y Cyndia Enid Irizarry. El primero lo retiró y la segunda el Senado la rechazó.

“Por la complejidad, la limitada gama de posibles candidatos a la posición y el hecho de que el acto de nombramiento no depende meramente del Gobernador, sino que la persona nombrada acepte su nombramiento, entendemos que no se ha incumplido con la ley. Ahora bien, los nombramientos que haga el Gobernador se deben hacer ante la Asamblea Legislativa y no ante los Comisionados Electorales”, dispuso el juez sobre lo que debe ser lo próximo.

El Código Electoral dispone que el partido de mayoría para efectos de esa ley, actualmente el Partido Nuevo Progresista, somete inicialmente candidatos para presidente y presidente alterno a los demás comisionados, pero el juez Cuevas Ramos entiende que ya ese proceso se cumplió cuando los comisionados no se pusieron de acuerdo sobre Rivera Rueda y Enid Irizarry, por lo que ahora el gobernador debe ir directo con sus candidatos al Senado.

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.