Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Política

Apelativo declara inconstitucional bloqueos de Trump en Twitter

Usuarios de la red social lo demandaron en 2017

Un Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos dio la razón a un grupo de demandantes contra el presidente Donald Trump, quien los bloqueó de su cuenta Twitter.

En una decisión unánime de un panel de tres jueces del Segundo Circuito en Nueva York, y publicada en la página web de la corte, el togado Barrington Parker apuntó que su conclusión se basa en la primera enmienda de la Constitución de EE.UU., que garantiza la libertad de expresión.

'Sostenemos que el Presidente viola la Primera Enmienda de la Constitución al bloquear usuarios que no comparten su visión', concluyen los jueces.

Apuntó asimismo que el Gobierno del país y sus representantes son objeto en la actualidad de un 'debate abierto y robusto', y señaló que aunque frecuentemente estas discusiones puedan ser 'incómodas y desagradables', son 'sin embargo algo bueno'.

Para verano de 2017, varios usuarios de esta red social presentaron una demanda al considerar que el Presidente violó la libertad de expresión consagrada en la Carta Magna, informaron medios locales.

En la demanda, a la que se sumó el Instituto Knight para la Primera Enmienda de la Universidad de Columbia (Nueva York), solicitaron al Presidente que los desbloquee. También alegaron que Twitter es un foro público a semejanza de un parque o una reunión ciudadana, espacios a los que no serían vetados.

El director del Instituto Knight, Jameel Jaffer, señaló que el dictamen 'asegurará que no se excluye a gente de este tipo de foros simplemente por tener opiniones y que los funcionarios públicos no transforman estos espacios digitales en una sala insonorizada'.

'Ayudará a asegurar la integridad y la vitalidad de espacios digitales que cada vez son más importantes en nuestra democracia', agregó.

'La cuenta fue intencionalmente abierta para discusión pública cuando el Presidente, al asumir Oficina, usó repetidamente la cuenta como un vehículo oficial para la gobernanza e hizo sus características interacciones accesibles al público sin limitación. Sostenemos que esta conducta creó un foro público', confirma la decisión del Apelativo, que añade, 'discriminar contra puntos de vista diferente no está permitido'.

Trump, con más de 33,720,000 seguidores en su cuenta, 'ciertamente no está obligado a escuchar (otras opiniones), pero una vez que abre las características interactivas de su cuenta al público en general no tiene derecho a la censura cuando selecciona usuarios que expresan puntos de vista con los que no está de acuerdo'.

Ante la denuncia, el equipo legal de Trump había afirmado que el presidente usaba la cuenta solo a título personal y que por lo tanto tenía el derecho de bloquear a quien quisiera por la razón que considerara oportuna.

Con esta decisión, el tribunal de apelaciones ratifica una sentencia dictada por una corte federal en mayo de 2018, tras lo que la Casa Blanca desbloqueó a los denunciantes pero no a otros usuarios que no formaban parte de la acción legal.

Puede leer la decisión a continuación:

El presidenteDonald Trump. (EFE)

Foto: