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Política

No hay fondos aprobados para campaña de plebiscito, mientras Supremo corta paso al único defensor del ELA

La JSF aprobó una partida de $2.1 millones que debe usarse para una campaña de orientación para las elecciones generales y ya adelantó que no aprobaba dinero para campaña sobre el plebiscito.

Juan Carlos Albors.
Foto: Juan R. Costa

La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) aprobó anoche una transferencia de $2.1 millones para la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) con el propósito de “cubrir gastos de medios y publicidad relacionados a la campaña educativa y de concientización para las elecciones generales de 2024”.

La aprobación de la Junta no es más específica que esa línea en cuanto al uso del dinero, pero la comisionada electoral del Partido Popular Democrático (PPD), Karla Angleró González aclaró que el dinero es solo para la campaña de las elecciones generales y que el ente fiscal ya les indicó el miércoles a los comisionados que no aprobaba una partida para la campaña del plebiscito.

El dinero aprobado sale de una reserva de la CEE en la que quedan todavía $1,895,000. El gobernador es el que tiene facultad para aprobar la campaña educativa y la posición del PPD es que el Primer Ejecutivo debe identificar fondos para la campaña del plebiscito sin restarle al presupuesto de la CEE.

Una campaña educativa para las elecciones generales no es lo mismo que para un plebiscito. En la campaña sobre la elección general, la publicidad puede ser sobre registro de votantes centros de votación y modalidades de voto. Para el plebiscito, además, la publicidad puede ser sobre las alternativas de status político que se incluyen en la papeleta y ese es uno de los elementos de este plebiscito que se ha impugnado porque entre las alternativas no aparece el status actual, el Estado Libre Asociado (ELA).

De hecho, ayer mismo el Tribunal Supremo le cerró la puerta a la única persona que había acudido a se foro para defender la inclusión del ELA en la papeleta, quien fuera precandidato a la comisaría residente por el Partido Popular Democrático (PPD).

El PPD, como institución, decidió dictarle a sus miembros que protesten la celebración del plebiscito mediante depositar en blanco esa papeleta. Pero en su escrito al Supremo, Albors recordó que ya se ha adjudicado que los votos en blanco en el plebiscito no se contarán, por lo que el universo de votos se hace más pequeño y las tres alternativas de status en la papeleta parecen tener más apoyo del que realmente tienen.

Las alternativas que aparecerán son estadidad, independencia y soberanía en libre asociación con los Estados Unidos. Para Albors, estas últimas dos recogen el deseo de los electores que no quieren tener relación con Estados Unidos, mientras que el ELA recogería el de los que quieren seguir teniendo relación sin ser estadistas.

“De no incluirse la opción de un ELA incorporado en esta próxima consulta, el elector no-estadista y anti-independentista no tendrá manera de expresar su intención de que Puerto Rico continúe en unión permanente con los Estados Unidos”, argumentó el enfatizar que inflar las demás alternativas al no contar una papeleta en blanco “sería abiertamente contrario” a la intención del elector que quiere expresarse a favor del ELA como está.

Albors solicitó que se le dejara participar como interventor o como amigo de la corte en el pleito que presentó el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) para impugnar la consulta, pero el miércoles el Supremo denegó su participación de ninguna manera. Solo la jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, y el juez asociado Ángel Colón Pérez hubieran permitido la intervención.

El Supremo tiene ante sí la demanda del PIP porque, por disposición de la Ley para Implementar la Petición de Estadidad del Plebiscito de 2020, ese es el foro primario para una demanda relacionada con la consulta. Se espera que el caso quede sometido al Alto Foro en dos semanas.

En su reclamación, el PIP argumentó varios defectos constitucionales de dicha ley. Por ejemplo, que en su título no dice que es para celebrar un plebiscito, porque fue ilegal la cesión de poder que se le hizo al gobernador para que convocara a la consulta cuando él quisiera, porque el financiamiento de una consulta ahora que no tuvo dinero asignado cuando la legislación se aprobó “usurpa dictatorialmente el poder de la Asamblea Legislativa de aprobar el presupuesto”, porque limita la capacidad de expresión del elector y porque es ilegal que sea el gobernador el que defina las alternativas de status mediante orden ejecutiva, así como el diseño de papeleta, la campaña educativa y el reglamento.

*Historia modificada para aclarar que la JSF no aprobó fondos para la campaña del plebiscito.

Para leer la solicitud de Albors, pulse aquí.

PDF: Moción en solicitud para intervenir.pdf

Para leer la aprobación presupuestaria de la Junta, pulse aquí.

PDF: FOMB - Letter - OMB - Response to PP 2025-16143 Budgetary Reprogramming Request - July 31, 2024.pdf

Vea:

La CEE se queda corta por $2.1 millones en el presupuesto de publicidad del plebiscito

Para finales de agosto puede el Tribunal Supremo decidir si va o no va el plebiscito

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.