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Política

Electores pueden ir al tribunal para mantener abierto el registro electoral que CEE quiere cerrar

Ante la debacle en procesos de inscripción, la CEE rechazó extender la fecha de inscripción y transacciones de electores, como lo permite la ley.

Electores hacen fila en los pasillos de Plaza Las Américas para hacer transacciones en el registro electoral.
Foto: Suministrada

La decisión anoche de la presidenta alterna de la Comisión Estatatal de Elecciones (CEE), Jessika Padilla Rivera, de mantener el plazo del 21 de septiembre para cerrar las inscripciones y transacciones electorales, en vez de mantenerlo abierto hasta 30 días antes de la elección, podría ser impugnada por cualquier elector, según disposiciones del nuevo Código Electoral.

Con su determinación, Padilla Rivera se alineó con la postura que tomaron el Partido Nuevo Progresista (PNP) y el Partido Popular Democrático (PPD) de no extender el plazo ante la solicitud de Proyecto Dignidad (PD), Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) de extender el plazo hasta donde lo permite la ley, que son 30 días antes de la elección o lo mismo que el 6 de octubre. El plazo actual es hasta este sábado, 21 de septiembre.

La solicitud de extensión del plazo surgió en el fin de semana después de que se documentaran multiples instancias en las que la CEE atendían con poco personal, con atrasos y con equipo deficiente varias citas de inscripción de electores. Universidades, centros comerciales y eventos convocados específicamente por grupos civiles para llevar electores a inscribirse y realizar transacciones electorales fueron algunos de los lugares en donde la CEE falló.

“Tanto el PNP y el PPD, como peor aún la Presidencia de la CEE, le fallan nuevamente al reclamo del pueblo puertorriqueño por extender la fecha del cierre del registro. Una violación clara a una población que tendrá 18 años el día de las elecciones con derecho a que se les inscriba y ejerzan su derecho al voto”, reaccionó el comisionado electoral del PIP, Roberto Iván Aponte Toro tras la determinación. Este no indicó si los partidos proponentes de la extensión impugnarían la decisión en los tribunales, pero afirmó que los electores podrían hacerlo también.

En el Artículo 5.1 del código, sobre derechos de los electores, concede legitimación activa a estos para proteger sus derechos, que incluyen “la más amplia accesibilidad del Elector, sin barreras y sin condiciones procesales onerosas, a toda transacción y servicio electoral” y “el derecho a un sistema electoral moderno y tecnológicamente avanzado con opciones que faciliten la realización de las transacciones electorales y el ejercicio del voto a distancia y en tiempo real”.

Desde que el PNP creó el código nuevo en 2020, se eliminaban juntas de inscripción permanentes (las oficinas de la CEE que solía haber por lo menos en cada municipio) y estas se intercambiaban con herramientas tecnológicas como el Registro Electrónico de Electores (Sistema eRE) y los Centros Estatales de Servicios Integrados al Elector (CESI). Pero la experiencia de los electores, recogida en reportajes del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) y otros medios, es que las herramientas no han estado listas para la fecha que se supone o, en el caso de eRE, directamente atrasa o impide las transacciones.

Con todos sus fallos, la situación al día de hoy es que la única alternativa para transacciones electorales es eRE, sea porque el ciudadano lo intente directamente o sea que vaya a un centro de la CEE porque es la misma herramienta que usan los empleados. ERE fue construida por la empresa de Pennsylvania, Opsec Security, Inc., que todavía tiene contratos con la CEE. Los requisitos de eRE están especificados en ley y la comisión, por unanimidad, otorgó ese contrato sin subasta porque era la única empresa con el programa que podía cumplir con los requisitos. El contrato lo supervisa la Oficina de Sistemas de Información y Procesamiento Electrónico (OSIPE) de la CEE, cuyo director, Eduardo Nieves Cartagena, es un designado del PNP que fue fotografiado participando de la convención de ese partido el fin de semana pasado y cuyo subdirector es un designado por el PPD.

El artículo 5.12 del código obliga a la CEE a que, mediante eRE, garantice “la accesibilidad continua de servicios para que los electores puedan realizar sus transacciones de inscripción, reactivación, transferencia, reubicación, fotografías, el procesamiento de tarjetas de identificación electoral… y las actualizaciones al Registro General de Electores”.

A pesar de las fallas de eRE, la CEE dispuso que el registro electoral cierra el 21 de septiembre. Esto es también contrario al código, que en su Artículo 5.11 dice que, a partir del “Ciclo Electoral Cuatrienial de la Elección General de 2024”, “no se autorizará la inscripción, la reactivación, la transferencia y tampoco la reubicación de ningún Elector para la Elección General de 2024 y las sucesivas, a partir de los treinta días previos a esta”. Esa disposición era distinta para la elección de 2020, pues en esa el cierre del registro electoral era 50 días antes de la elección, no 30.

El “incumplimiento de esta Ley” es una de las causales de destitución de la presidenta alterna de la CEE, según el artículo 3.9 del código.

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.