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Política

Administración Rosselló busca profundo reajuste al componente laboral y económico del gobierno

Cuatro proyectos sometidos la semana pasada por La Fortaleza buscan ejecutar profundos ajustes al componente laboral y económico del gobierno, a la vez que deshacen algunos de los intentos de la pasada administración para atajar la crisis fiscal.

Algunas de las propuestas que estas medidas buscan encaminar incluye controles estrictos al presupuesto de agencias y corporaciones públicas, bono navideño reducido y una tasa más baja de acumulación para licencia de enfermedad y de vacaciones, la implementación del gobierno como empleador único y una profunda revisión de la recién creada Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF).

A continuación, algunas de las medidas que incluyen estos cuatro proyectos:

P. de la C. 451: Ley para Atender la Crisis Fiscal, Económica y Presupuestaria para Garantizar el Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico

Extiende las disposiciones relacionadas a las uniones dentro la Ley 66 de Sostenibilidad Fiscal.

Suspende acuerdos económicos de los convenios colectivos y prohíbe negociaciones hasta el 2021.

Congela la aportación del gobierno central a la Universidad de Puerto Rico (UPR) y los municipios.

Ordena a empleados públicos a usar el exceso de 60 días acumulado por licencia de enfermedad antes del 30 de junio del próximo año.

Dispone que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y el Panel del Fiscal Especial Independiente (PFEI) operarán con el mismo presupuesto asignado para el año fiscal 2016-2017, ajustado por el porcentaje de aumento o contracción del presupuesto general global.

La misma disposición aplicará a la Rama Judicial y Legislativa empezando con el presupuesto del año fiscal 2017-2018.

Requiere cualquier contrato de más de $10,000 a ser autorizado por el gobernador o un representante.

Confiere al gobernador la facultad de remover cualquier miembro de una junta directiva de toda dependencia del estado si entiende no cumple con la política pública de la administración.

P. de la C. 452: Para crear la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal

Autoriza a la AAFAF a ser el enlace entre la Junta de Control Fiscal y el gobierno de Puerto Rico.

Convierte la agencia en la única entidad encargada de liderar esfuerzos de reestructuración y renegociación de la deuda y la autoriza a llegar a un acuerdo con los acreedores a nombre del gobierno.

Asegurará y velará por el cumplimiento del Plan Fiscal y PROMESA dentro las agencias y corporaciones públicas del estado.

Permite a la AAFAF designar un síndico para cualquier dependencia del gobierno para asegurar el cumplimiento del Plan Fiscal y PROMESA. También permite a la agencia asignar personal para asegurar el envió de informes trimestrales sobre el presupuesto que toda dependencia debe someter.

Permite el reembolso de gastos de viaje a empleados de la AAFAF.

Deroga el artículo 6 de la Ley de Moratoria como también la Ley para crear la Junta de Supervisión Fiscal y Recuperación Económica, aprobada el año pasado pero nunca puesta en vigor.

P. de la C. 453: Ley para la Transformación y Flexibilidad Laboral

Permite al patrono y al empleado la opción de acordar un horario de trabajo flexible que le permita entrar más temprano o más tarde como también extender o acortar el tiempo de almuerzo para satisfacer las necesidades de ambos.

Aumenta el tiempo requerido para que empleados a tiempo parcial puedan acumular licencia de enfermedad y vacaciones a 130 horas de trabajo mensual.

Reduce la tasa de acumulación para licencia de enfermedad y vacaciones a empleados nuevos.

Reduce de 3% a 2% la tasa para calcular el bono navideño para empleados.

Deroga la Ley de Cierre, eliminando restricciones a horarios de cierre para negocios.

Mujeres empleadas a tiempo parcial tendrán el derecho de lactar su criatura por una hora.

P. de la C. 454: Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico

Implementa el concepto de Empleador Único como política pública. De tal manera que todos los empleados públicos de cada dependencia del estado pasan a ser empleados del gobierno central.

Autoriza la creación de la Oficina de la Administración y Transformación de los Recursos Humanos y la encarga con la tarea de liderar los esfuerzos de implementar dicha política pública.

Crea un sistema unificado de clasificación y retribución para todo servidor público.

Prioriza reclutamiento interno para posiciones vacantes dentro el gobierno y también para oportunidades de ascenso.

Desalientala contratación de personal transitorio enlas dependencias del estado.

Permite la reubicación de empleados del gobierno si surge la necesidad de personal dentro cualquier corporación pública o agencia, como también municipios y otras entidades del estado. Reubicaciones no pueden resultar onerosas al empleado y debe permitir un periodo de probatoria.