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Política

Comisionada electoral del PNP critica inacción de comisionados del PPD ante plebiscito

La Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Norma Burgos, refirió ante la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) a dos Comisionadas Locales del Partido Popular Democrático (PPD) del Municipio de Las Piedras, por incumplir con su deber de trabajar en la administración del Plebiscito del 11 de junio de 2017.

Como resultado del llamado del Presidente del PPD Héctor Ferrer Ríos al 'boicot' de todo el proceso del Plebiscito, incluyendo darle instrucciones específicas al Comisionado Electoral del PPD Miguel Ríos Torres a que sus empleados de balance en la CEE no hagan viable dicho proceso, este es el segundo incidente que los funcionarios electorales en representación del PPD incumplen con su deber de trabajar en asuntos de la CEE para el Plebiscito. El primer incidente fue tras el llamado de Héctor Ferrer a que todo el PPD participara en el 'Paro Nacional' del 1 de mayo de 2017 la mayoría de los empleados de la CEE del PPD se ausentaron a sus funciones, incluyendo los 110 oficiales de inscripción causando el cierre de todas las Juntas de Inscripción (JIPs) además de la mayoría de las oficinas de la CEE.

El 2 de mayo de 2017, las Comisionadas Locales de Las Piedras 89 y 90 se negaron a participar del proceso de aprobación de solicitudes del Voto Adelantado de Fácil Acceso en el Domicilio de personas con dificultad de movilidad para el Plebiscito. Según trascendió, Burgos hizo referencia a las Actas de Incidencias de las Comisiones Locales 089 y 90 de Las Piedras de las Comisionadas Locales del PPD. Ambas actas de incidencias fueron firmadas por los dos jueces en funciones de presidentes de dichas comisiones locales.

'La omisión en el cumplimiento del deber de estas dos Comisionadas al decidir no participar en nada que tenga que ver con el Plebiscito, obligación impuesta por la Ley Electoral, que voluntariamente dejen de cumplir,o que se niegan a ello siguiendo órdenes de su Presidente del PPD, están incurriendo en el delito electoral tipificado en el Artículo 12.005 del Código Electoral.

La CEE no puede permitir dicha conducta de obstruir y sabotear un proceso electoral que podría tener el efecto de privar al derecho fundamental al voto a los electores, que conllevaría una violación de derechos civiles', declaró Burgos.

La Comisionada PNP añadió que la última vez que hubo una controversia sobre funcionarios del PPD que pretendieron privarle el derecho al voto a electorescon dificultad de movilidad con derecho al voto adelantado en el domicilio, el Tribunal Supremo de Puerto Rico hizo la siguiente advertencia: 'A fin de cuentas, la CEE no debe ser un banco de sucursales de los intereses de los partidos políticos, sino que debe ser facilitador y depositario de la voluntad de todos los electores registrados'.

(Archivo / NotiCel)
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