Bueno para Yulín y la Contralora, pero malo para la transparencia (documento)
La reciente decisión judicial que le permite a la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto, mantener ocultos los gastos que ha tenido el municipio en apoyo a distintas manifestaciones es un gran 'time out' preelectoral en un asunto al que su contrincante novoprogresista le estaba sacando notable millaje político, pero es un nefasto precedente para la transparencia, el acceso a la información y el gobierno abierto.
Y que la base de la decisión judicial haya sido la postura que asumió la Oficina de la Contralora sobre el acceso a esa información, siendo la contralora Yesmín Valdivieso la misma que le había dado puntillazos públicos a la Alcaldesa por esos gastos, es una de las ironías de esta campaña eleccionaria.
En la decisión del juez superior Ángel R. Pagán Ocasio se denota una vagancia intelectual que no es la norma en las otras decisiones de este magistrado que han adquirido relieve público. Literalmente, el juez descarta todos los precedentes sobre el derecho constitucional de acceso a la información para decir que va a decretar la confidencialidad de esos gastos porque 'así nos lo ha pedido dicha funcionaria (la Contralora)'.
La controversia al centro de la decisión es clásica y políticamente irresistible: un cuestionamiento de en qué la Alcaldesa gastó dinero público. En este caso, el matiz es que los gastos fueron para sufragar actividades de protesta y manifestaciones de distinto tipo, incluyendo en contra de la Junta de Control Fiscal (JCF), algo a lo que se opone ideológicamente su rival, Leonides Díaz Urbina.
Ante el público, la Alcaldesa respondió con la defensa de que su administración había provisto apoyo a manifestaciones de todo el espectro ideológico, incluyendo concentraciones religiosas de Clamor a Dios. Pero, cuando el foro cambió del público al judicial, la tonada fue distinta y la defensa fue que no se podía entregar el detalle de los gastos porque la Contralora los había pedido para una investigación y les había ordenado que no lo divulgaran. De ahí se agarró el juez para concluir que, pues, si la Contralora dice que son confidenciales, entonces son confidenciales, sin importar la naturaleza de pública que tiene esa información y el hecho de que esa naturaleza no cambió simplemente porque llegó una carta de Valdivieso diciendo que lo iba a investigar.
En Puerto Rico, los documentos en poder del gobierno, o se presumen públicos, o no son públicos porque les aplica una las excepciones establecidas por el Tribunal Supremo. Lo que no existe en la jurisprudencia son documentos mutantes que hoy son públicos y mañana son confidenciales porque pasaron de un escritorio a otro. Y esto es así porque la publicidad de la información gubernamental no debe depender de la conveniencia y el acomodo momentáneo.
El más básico de los derechos de información que tiene la ciudadanía es saber exactamente en qué se gasta el dinero de sus contribuciones. No hay espacio para gastar confidencialmente dinero público.
Para suscribirse, con acción y no meramente con palabra, a los principios de la transparencia, el acceso a la información y el gobierno abierto, la Alcaldesa tiene la opción de descartar la excusa infundada de que la información no se puede entregar porque hay una investigación de la Contralora, y puede publicar la información de cómo se gastaron fondos públicos para apoyar las manifestaciones. Nada se lo impide y el derecho constitucional de acceso a la información la cobija.
*El autor es miembro del equipo que presentó un proyecto para una Ley de Transparencia y Acceso a la Información durante esta Asamblea Legislativa.
Sentencia en caso Leonides Díaz v. Carmen Yulín Cruz - NotiCel_21314