Todavía sin veredicto para coacusados en caso Anaudi
Una jornada más termina en la sala 3 del Tribunal Federal de Hato Rey y todavía no hay veredicto para las cuatro personas que enfrentan juicio luego de quedar atrapados en el Caso Anaudi.
Tras unas seis horas de deliberación en que los seis hombres y seis mujeres del Jurado estuvieron reunidos a puerta cerrada, el juez Pedro Delgado Hernández decretó un receso hasta mañana, a petición del propio Jurado.
Así, cada vez está más próxima pero no se concreta la hora cero para las personas acusadas en corte federal por supuestamente haber servido de cómplices del empresario Anaudi Hernández Pérez en los esquemas de fraude gubernamental que orquestó durante los años 2013 y 2014.
Con rostros serios, Sally López Martínez, Glenn Rivera Pizarro e Ivonne y Marieli Nieves Falcón, miraron a los miembros del Jurado abandonar la sala en la mañana luego de que el Juez les impartiera las instrucciones finales. Una que otra lágrima se derramó más adelante y en las manos del Jurado ya queda el futuro de los cuatro ciudadanos.
Entre las instrucciones, el juez Delgado Hernández recordó al Jurado que debe basar su decisión solamente en la evidencia mostrada en sala, tanto directa como circunstancial, restándole validez a lo que no se considera prueba, como lo son las objeciones, las preguntas, las opiniones o los propios prejuicios o simpatías de los miembros del Jurado.
También, recordó que Anaudi Hernández, su socio Héctor Vargas y el exidrector de Tecnología de la Cámara, Víctor Burgos, fueron los tres testigos traídos por Fiscalía que ya se declararon culpables de violar leyes federales y se sentaron en sala a través de un acuerdo de cooperación con el Ministerio Público.
Pese a que los testimonios pueden ser enteramente honestos, el Juez advirtió a los miembros del Jurado que en casos como esos, los testigos también pueden exagerar los hechos y hacer declaraciones inflamatorias con el fin de buscar sentencias menores.
Los cargos son los siguientes:
Sally López Martínez, exdirectora de la Administración de Desarrollo Laboral (ADL)
Un cargo de conspiración para cometer fraude a programas federales y fraude electrónico (Cargo#1)
Un cargo de conspiración para cometer fraude electrónico y privar al Estado de los servicios honestos (Cargo#2)
Tres cargos de fraude electrónico por esquema en ADL (Cargos#3-5)
Un cargo de recibo de soborno por esquema de ADL (Cargo#11)
Ivonne Falcón Nieves, exvicepresidenta de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA)
Un cargo de conspiración para cometer fraude a programas federales y fraude electrónico (Cargo#1)
1 cargo de conspiración para cometer fraude electrónico y privar al Estado de los servicios honestos (Cargo#6)
3 cargos de fraude electrónico por esquema de AAA (Cargos#7-9)
1 cargo de recibo de soborno por esquema de AAA (Cargo#13)
1 cargo de extorsión mediante el miedo a sufrir daño económico (Cargo#17)
Marielis Falcón Nieves, hermana de Ivonne
Un cargo de extorsión mediante el miedo a sufrir daño económico (Cargo#17)
Glenn Rivera Pizarro, exayudante especial de la Cámara de Representantes:
Un cargo de conspiración para cometer fraude electrónico
Un cargo de mal uso de fondos públicos
En cuanto al cargo de conspiración (acuerdo entre dos o más personas de romper la ley), el Juez explicó a los miembros del Jurado que de la evidencia presentada en sala debe aflorar prueba contundente de que los acusados voluntariamente y con pleno conocimiento accedieron a desobedecer la ley. El acuerdo puede ser hablado o no, sin embargo, para que se pruebe la conspiración, recordó, tiene que haber la intención de cometer un delito, no puede ser por descuido, ni por mera asociación con los conspiradores, ni por estar en el lugar ni el momento equivocado.
En el cargo de soborno, se debe probar que el funcionario público recibió un objeto de valor a cambio de realizar gestiones oficiales. Los beneficios que recibe el sobornador debe exceder los $5000 (por ejemplo, el valor de los contratos que recibieron las empresas de Anaudi). Sin embargo, un gesto o regalo que el funcionario recibió como símbolo de amistad o gratitud, no es soborno, así que la línea que se traza es fina. Para que se pruebe el soborno, la persona tiene que estar en acuerdo con quien ejerce el soborno para brindarle a cambio del objeto de valor un beneficio desprendido de su gestión pública.
Asociado a ese delito está el cargo de fraude electrónico para privar al Estado de los servicios honestos del funcionario, debido a que recibir algo a cambio de realizar gestiones oficiales se considera un acto deshonesto del funcionario al País. El fraude electrónico se refiere al uso de comunicaciones interestatales para adelantar el esquema, o lo que es lo mismo, los correos electrónicos - sus servidores están ubicados fuera de Puerto Rico -, a través de los cuales alegadamente se conspiró para cometer delitos.
En cuanto al delito de extorsión, vinculado con el excontratista de la AAA Ramón Crespo, el Estado tiene que probar que las hermanas Falcón Nieves recibieron beneficios económicos a partir del negocio por debajo de la mesa que supuestamente establecieron con Crespo, y que este sentía miedo de sufrir daño económico si no les pagaba el por ciento que le pedían. El miedo es razonable, sostuvo el Juez, si las acusadas cuentan con el poder suficiente para perjudicar a la víctima.
Por último, en cuanto a el cargo de mal uso de fondos públicos, se debe probar que el acusado intencionalmente cometió dicho delito, como la Fiscalía alega hizo Glenn Rivera por solamente participar del comité que recomendó a la empresa 3 Comm Global para reemplazar el cuadro telefónico de la Cámara.