Violaciones a reglamento puede costar la presidencia del PPD a Bernier (documento)
El reglamento vigente del Partido Popular Democrático (PPD), adoptado durante le presidencia del gobernador Alejandro García Padilla, apunta que para residenciar a un presidente o vicepresidente el secretario general o los integrantes de la Junta de Gobierno de la Pava deben evaluar las violaciones a dicho reglamento luego que uno de los afiliados a la colectividad radique una querella en el partido.
Según apuntó el representante, Ramón Luis Cruz Burgos, uno de los encargados de redactar el nuevo reglamento dijo en entrevista con CyberNews que 'se hizo un borrador de documento que se discutió con el secretario general del partido (Javier Echevarría) que no fue aprobado en la última Asamblea, por lo tanto, el que está vigente es el previo que era de cuando el presidente del PPD era Alejandro García Padilla'. Dicho documento lo preparó, junto a otras personas, el expresidente de la Cámara de Representantes, Jaime Perelló. El mismo- ni ninguno de sus artículos- no ha sido derogado por ninguna entidad de la colectividad, como la Junta de Gobierno o la Asamblea General.
Cruz Burgos aclaró esta tarde que, 'Durante el dia de hoy un periodista me preguntó si se había aprobado el reglamento nuevo del PPD, a lo que respondí que no se había aprobado. Se discutió el borrador con el secretario general, pero que durante la Asamblea General solo se aprobó la plataforma. A preguntas siguientes establecimos varias cosas, en primer lugar que el reglamento vigente es el que se aprobó en la asamblea de reglamento previa bajo la Presidencia del Gobernador. Segundo, que quien adjudica penalidades a base del reglamento es el Secretario o la Junta y que para esa evaluación se tendría que recibir una queja o querella en el partido. Tercero, dialogamos sobre las penalidades que se recogen en el reglamento dependiendo cuál fuera el artículo al que se faltó. En ningún momento ni adjudicamos, ni está en mi facultad adjudicar nada sobre comportamiento de nadie en el partido. Simplemente nos limitamos a confirmar que en efecto el reglamento vigente no fue enmendado. Establecer que adjudicamos sobre algún asunto del Presidente Bernier es falso y no está entre mis facultades hacerlo'.
Siendo así, el actual presidente de la Pava, David Bernier, ha violado al menos 10 artículos del reglamento.
La primera violación ocurrió con el cambio del logo de la colectividad que anunció Bernier el pasado 5 de mayo. En el capítulo dos de Símbolo e Historia, artículo 3 sobre uso de la insignia dicta que: 'la insignia y el nombre del Partido son propiedad de la colectividad y nadie podrá usarlos sin la autorización de la Junta de Gobierno. Dicha insignia y nombre de ninguna manera podrán ser alterados, so pena de sanciones disciplinarias, según establecidas en este Reglamento'.
A pesar de que Bernier y en la sede del PPD en Puerta de Tierra se utiliza el nuevo logotipo, la Junta de Gobierno no se ha expresado oficialmente a favor o en contra del cambio.
Sin embargo, Echevarría aseguró a NotiCel que como parte de la campaña de cara a los comicios electorales, los logos pueden modificarse, pero la insignia tradicional del partido continúa inalterada, tal como podrá apreciarse en las papeletas.
En el artículo 7 sobre Responsabilidades, en el punto cinco indica como responsabilidad de todo candidato 'utilizar de manera uniforme la insignia y nombre oficial, según establecido en este Reglamento'.
Otra violación del presidente del PPD al Reglamento tiene que ver con el manejo del tema del expresidente cameral Jaime Perelló. Además de solicitar que renuncie a la reelección, Bernier ha hecho un llamado a los electores para que voten en contra de Perelló en los lugares donde acumula como representante a la Cámara. El punto 6 del Articulo 7 sobre Responsabilidades prohíbe 'hacer expresiones en contra del partido ni de los demás funcionarios electos. El punto 13 de ese articulado menciona que hay que 'plantear y discutir sus discrepancias y disidencias sobre el programa, estrategias, acuerdos o actuaciones de compañeros, exclusivamente dentro de los organismos correspondientes del Partido'.
Entretanto, el Articulo 6 sobre la Carta de Deberes, expone que 'Será deber de todo popular: aceptar y acatar el resultado de los procesos de selección de candidatos y elecciones internas del Partido (punto número 4 del Artículo 6). Y 'respaldar, hacer campaña, defender públicamente y votar por todos los candidatos oficialmente nominados (punto número 7 del Artículo 6 del Reglamento).
Bernier como presidente de la colectividad tiene como una de sus funciones, 'conjuntamente con el Comité Ejecutivo y la Junta de Gobierno, velar por el cumplimiento del Reglamento, así como de los acuerdos adoptados por los cuerpos deliberativos del Partido y de las disposiciones pertinentes de la Ley Electoral' (Artículo 73 Funciones del presidente, punto 10).
Aún así, Echevarría insistió en que todos los organismos de la colectividad están de acuerdo en que se ha cumplido el reglamento a cabalidad, al igual que todo ordenamiento jurídico.
El Capítulo 10 de Normas de Conducta y Procesos Disciplinarios establece en el punto 3 y 4 que: 'Será incompatible con ser miembro afiliado del Partido Popular Democrático, aspirante a candidatura, candidato a puesto público electivo u ocupar un puesto en la organización del Partido, el desacatar las directrices de este Reglamento o los acuerdos debidamente tornados por sus organismos directivos, o el violar la línea de conducta publica debidamente fijada, y tal conducta será reglamentada y sancionada. Cualquier popular que persista en hacer campaña fuera de las normas dispuestas en este Reglamento o que violare cualquier disposición del mismo, será sancionado por las disposiciones de este Capítulo'.
Reglamento PPD - NotiCel _21046