Las leyes más controversiales del cuatrienio Fortuño
Un examen de las leyes aprobadas por la Legislatura durante los pasados cuatro años evidencia una gestión en detrimento del ambiente, la libre expresión y la defensa de los derechos de las mujeres, según han manifestado organizaciones civiles y expertos en el tema.
Pero si le pregunta a la gente en la calle, cuál cree que ha sido la ley más controversial, quizás la más recordada de esta administración, de seguro escuchará la Ley 7, la Ley Especial Declarando Estado de Emergencia Fiscal y Estableciendo Plan de Integral de Estabilización Fiscal para Salvar el Crédito de Puerto Rico, que significó el despido de sobre 10,000 empleados públicos y la limitación de servicios a los ciudadanos.
Se ha señalado que también fue el inicio del desmantelamiento de un sinnúmero de agencias, sobre todo las ambientales, como el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Autoridad de Desperdicios Sólidos, la Junta de Calidad Ambiental y la Administración de Asuntos Energéticos. También, el personal de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres se redujo sustancialmente, al punto que la línea de orientación a víctimas de violencia doméstico dejó de ser contestada por meses.
El Código Penal aprobado a viva voz al final de la sesión legislativa que terminó en junio ha sido otro punto de discusión. La legislación que sustituyó el Código de 2004 aumentó las penas en prácticamente todos los delitos, menos en los ambientales, en los que hubo reducción e incluyó artículos que criminalizan acciones consideradas como de libertad de expresión. Específicamente, se aprobó la enmienda al Artículo 210 del Código Penal de Puerto Rico sobre la Obstrucción o Paralización de Obras, que se bautizó como la 'Ley Tito Kayak' que penaliza las manifestaciones de ciudadanos en oposición a proyectos de construcción. El proyecto fue presentado por el pintoresco senador por Guayama Antonio Soto 'El Chuchin', quien renunció en 2011 tras imputaciones de conducta antiética y corrupción.
El Código también considera como una violación el uso de un disfraz durante la comisión de un delito.
De acuerdo con la abogada y profesora de Derechos Humanos en la Universidad del Sagrado Corazón Eva Prados, estas enmiendas se propusieron y se aprobaron en un momento histórico caracterizado por un sinnúmero de manifestaciones contra la administración de turno, por lo que pueden considerarse como una respuesta estatal coordinada para limitarlas. 'Estas enmiendas no solo van dirigidas a limitar el derecho de expresión, si no que también van dirigidas contra grupos específicos de disidencia. Criminaliza la protesta, hace que la gente tenga miedo de manifestarse'.
En el Código Civil también se dejó como delito el adulterio y el aborto, dos disposiciones que podrían considerarse letra muerta, pero que al final del día, en la práctica, se convierten en una forma de limitar los derechos de las mujeres. Y es que según dijo recordar Prados, el delito de adulterio ya no se le aplica a nadie, solo fue base para que negarle la protección por Ley 54 a una mujer que estaba casada, pero que sufrió violencia por parte de otro compañero con el que compartía sentimentalmente. Asimismo, la prohibición del aborto es inconstitucional por decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Roe contra Wade en 1973, pero el hecho de que permanezca escrito en un código penal revisado este mismo año abona a la confusión de las mujeres que pudieran desear hacer uso de este derecho, apuntó Prados.
La experta en derechos humanos también criticó la aprobación del Proyecto del Senado 2423, que establece una Oficina Municipal de Iniciativa de Base de Fe y Comunitaria entre las unidades administrativas y como parte de la estructura organizacional de cada municipio y del Proyecto del Senado 0209 Meditación que instaura en todas las escuelas públicas un período diario de meditación antes de comenzar las clases.
Ambas medidas fueron criticadas por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU).
'El problema que la creación de las oficinas de base de fe, no es que existan, tienen derecho a existir, es que se está priorizando en que se ofrezcan unos servicios que se supone que ofrezca el estado y esto viola la separación de iglesia y estado porque se estaría financiando organizaciones que promulgan una fe específica en detrimento de los que no siguen esa religión o no creen en nada. Representa, además, un riesgo de discrimen', explicó la letrada.
En cuanto al período de meditación en las escuelas, 'puede ser una buena intención, pero se olvida cómo se aplica. Si no hay unas guías específicas, podría el estado estar teniendo unos estudiantes cautivos en los salones y los maestros favoreciendo la práctica de una religión. No hay esas guías'.
En términos ambientales, Prados coincidió con el Capítulo de Puerto Rico del Sierra Club al catalogar la Nueva Ley de Permisos como una de las más problemáticas de este cuatrienio por limitar de forma drástica la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones sobre otorgación de permisos a proyectos de construcción. En la práctica, esta ley que se propuso como un proyecto de administración elimina el balance de poderes al convertir en discrecional, y solamente ante el Tribunal Supremo, la revisión o la impugnación de endosos y permisos otorgados administrativamente.
También desde Fortaleza llegó a la Legislatura el proyecto para enmendar la Ley de Bosques de Puerto Rico, de manera que se pudiera excluir la necesidad de solicitar permiso al secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales para actividades agrícolas que requieran cortar, talar, descortezar o afectar árboles.
Se han señalado, además, los aspectos negativos de dos leyes que en principio incluyen más elementos positivos. Se trata de la Ley de Diversificación Energética y la Ley de Incentivos de Energía Verde, que admiten e incentivan como energía alterna la creación de plantas de incineración, cuyas emisiones pueden ser nocivas al ambiente y la salud humana.