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Policía

Restituyen dos años de salario a policía expulsada por vídeo sexual

Dos años de salario restituidos y la puerta abierta para regresar al trabajo. Esa fue la determinación del Tribunal Supremo a favor de la agente Tatiana Prats Morales, involucrada en un vídeo sexual con el tambien agente Jose Melendez, quien estaba adscrito a la Fortaleza cuando grabó sin consentimiento de la femina mientras esta le practicaba sexo oral en los predios del Palacio de Santa Catalina.

Pratsfue representada por el abogado del Frente Unido de Policías Organizados (FUPO), Michael Corona, quien indicó en entrevista radial (WKAQ)que su cliente tiene interés en volver a trabajar en la Uniformada.

'Luego de que el Tribunal de Apelaciones ordenara la reinstalación de ella con una suspensión de aproximadamente de 110 a 120 días de empleo y sueldo, el Estado pidió un certiorari y nos llegó un no ha lugar del Tribunal Supremo', especificó el abogado a la vez que agregó que Meléndezfue reinstalado en la Policía, no así su representada.

Tras una pesquisa de seis meses de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA) de la Policía, el entonces supertintendente José Caldero determinó en septiembre de 2014 la expulsión inmediata de ambos agentes.

La actual superintendente, MichelleHernández, indicó en entrevista radial con la misma emisora que mantendrá la expulsión de los agentes 'basado en las circunstancias del caso'.

Las faltas imputadas a Meléndez Meléndez y a Pratts Morales fueron por violación al Artículo 14, Sección 14.5 por faltas graves al Reglamento de la Policía de Puerto Rico. Entre las faltas graves están el desacatar y desobedecer órdenes legales comunicadas en forma verbal o escrita por cualquier superior o funcionario de la Policía de Puerto Rico con autoridad para ello, o realizar actos de insubordinación o indisciplina. También, observar conducta lesiva, inmoral o desordenada en detrimento del Cuerpo Policiaco. Además, se señaló a ambos funcionarios por dejar de comparecer a la citación compulsoria para la prueba del polígrafo y utilizar propiedad del gobierno para llevar a cabo asuntos no oficiales, entre otras.

Pratsconoció al agente en una página para parejas pero nunca trabajaron juntos. Admitió que Meléndez era casado, pero que se enteró de esto una vez habían entablado una relación y ya para eso estaba enamorada. Según la mujer, estaba franca de servicio cuando ocurrió el suceso, y quien la llamó para que ella fuera hasta el lugar fue Meléndez.

En Puerto Rico, el Artículo 171 del Código Penal –Violación de Comunicaciones Personales- tipifica como delito la divulgación de información o documentos para que otro se entere. Este delito es sancionado con una pena de cárcel de hasta tres meses.

(Archivo / NotiCel)
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