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Policía

Policías pagan obligados un seguro sin saber de qué se trata (documento)

A los policías se les descuenta de sus cheques el pago de un seguro de incapacidad que no han pedido y sobre el cual no tienen información, según alegaciones de un pleito que llegó al Tribunal Supremo.

Los miembros de la Policía, que incluyen al Sindicato de Policías, alegan que la acción es inconstitucional porque constituye una incautación de su salario y les priva de su propiedad sin el debido proceso de ley al descontárseles una cantidad para el pago de una póliza sin que hayan autorizado ese descuento y desconociendo los beneficios que ofrece el alegado seguro.

Asimismo, señalaron que les aplica la Ley de Salarios por lo que, sin su autorización, no se les puede deducir de su salario cantidad alguna para el pago de un seguro por incapacidad. A su vez, argumentan que no existe justificación para requerirles a los policías un seguro por incapacidad cuando no se les exige tan siquiera un seguro de vida.

En opinión mayoritaria, el Tribunal Supremo optó por no ver directamente el caso, el cual está en el Tribunal de Apelaciones, por entender que, aunque es un caso meritorio, se le debe permitir que continúe su curso ordinario en los Tribunales para evitar que el alto foro intervenga a destiempo. Además, la opinión de la mayoría entendió que el recurso de certificación es sólo para casos que requieren una urgente solución.

'Tampoco debemos perder de vista que el recurso de certificación es de carácter excepcional porque la norma preferida en nuestro ordenamiento es que los casos maduren durante el trámite ordinario para evitar así que el foro de última instancia se inmiscuya a destiempo', dice la decisión.

También alegaron que los policías debieron de pedirle al Tribunal de Apelaciones, quien lleva con el caso cinco meses, un remedio urgente primero.

Una opinión disidente emitida por el juez asociado Luis Estrella, al cual se unieron la juezaasociada Mildred Pabón Charneco y el juez asociado Erik Kolthoff Caraballo, opinó que el alto foro debe de intervenir en el caso.

El Sindicato y los policías acudieron ante el Tribunal de Primera Instancia mediante una petición de interdicto preliminar y permanente y sentencia declaratoria que fue desestimada en marzo.

El Tribunal Superior concluyó que los demandantes no tenían derecho a remedio alguno y que la Ley de Pagos de Salarios sólo aplica a los empleados del Estado cuando el descuento tenga que ver con pagos de hipotecas o préstamos personales suscritos con el Sistema de Retiro que le cobije.

Asimismo, determinó que una ley del 2013 constituye el estatuto que requiere la aportación compulsoria para la adquisición de un seguro por incapacidad sin autorizar al empleado a seleccionarlo libremente.

Según la opinión disidente, el Sindicato acudió al Tribunal para que se paralice la vigencia de la ley hasta que se resuelva sus reclamos en el Apelativo.

'En reiteradas ocasiones he expresado que es la obligación de esta Curia atender de forma oportuna un reclamo de los sectores de nuestra fuerza trabajadora', dijo Estrella.

Decisión del Supremo en caso policías - NotiCel_9493

(Josian E. Bruno Gómez/Archivo NotiCel)
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