Créditos contributivos disponibles para mayores de 65 años
Ahora podrá radicarse la solicitud por medios electrónicos y asistidos por especialistas en planillas
Personas de 65 años o más, de bajos recursos, podrían recibir un crédito para seniors de $200 y un crédito compensatorio para pensionados de bajos recursos de $300 en sus planillas si lo reclaman antes del 14 de octubre.
Ambos beneficios son otorgados bajo la sección 1052.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, para el año contributivo 2019.
Aunque en años anteriores estos créditos sólo podían ser radicados en formularios impresos, en esta ocasión y con la intención de promover las medidas de seguridad y salud pública ahora podrá radicarse por medios electrónicos y asistidos por especialistas en planillas.
Igualmente, las disposiciones de la Sección 1052.02 del Código de Rentas Internas fueron enmendadas, estableciendo un máximo de 30 días para que Hacienda emita los pagos, luego de reclamados los créditos. Los mismos serán recibidos por correo.
Los solicitantes para estos beneficios correspondientes al año contributivo 2019 deben cumplir con los siguientes requisitos:
Crédito para seniors
- Tener 65 años o más al último día del año contributivo. Copia identificación con foto vigente que muestre su fecha de nacimiento.
- Residir en Puerto Rico.
- Haber recibido un total de ingresos (incluyendo ingresos excluidos y exentos) no mayor de $15,000 ($30,000, en el caso de casados que rindan planilla conjunta). Evidencia de ingresos no reportados en un Comprobante de Retención o Declaración Informativa en PR (incluye beneficios de seguro social).
- No haber sido reclamado como dependiente en la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuo de otra persona.
Crédito compensatorio para pensionados de bajos recursos
(Administración de los Sistemas de Retiro, la Judicatura, el Sistema de Retiro de Maestros, la Universidad de Puerto Rico, la Autoridad de Energía Eléctrica y pensionados del sector privado)
- Tener 65 años o más al último día del año contributivo. Copia identificación con foto vigente que muestre su fecha de nacimiento.
- Individuo residente de Puerto Rico.
- Su única fuente de ingreso proviene de una pensión elegible y el monto recibido durante el año contributivo no excede $4,800 (sin incluir beneficios del seguro social).
- Evidencia de ingresos no reportados en un Comprobante de Retención o Declaración Informativa en PR (incluye beneficios de seguro social).
- No haber sido reclamado como dependiente en la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuo de otra persona.
Para orientación sobre estos créditos puede comunicarse al 787-257-7459.