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Absuelven activistas que se manifestaron en catedral de Madrid

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Absuelven activistas que se manifestaron en catedral de Madrid

Su protesta se hizo con el torso desnudo

Dos activistas del grupo Femen fueron absueltas hoy por un tribunal de Madrid que las juzgó por varios delitos despues de que se encadenaron con el torso desnudo en el altar mayor de la catedral de Madrid en 2014 durante una protesta a favor del aborto.

El tribunal las juzgó por los presuntos delitos de odio y contra los sentimientos religiosos, un proceso en el que la fiscalía pedía nueve meses de prisión, mientras que la acusación particular ejercida por al Asociación Española de Abogados Cristianos solicitaba dos años de cárcel.

Pero el juez rechazó en su sentencia que las dos activistas cometiesen esos delitos, pues ninguna de ellas manifestó alguna expresión ‘por la vía de la humillación, el menosprecio, el insulto o el descredito de los católicos’ que promueva la discriminación o el odio, y ‘menos aún a actuar en forma violenta contra ellos’.

La sentencia considera ‘indudable’ que ambas activistas ni burlaron los dogmas o creencias de la Iglesia Católica ni intentaron vejar o minusvalorar a sus practicantes con su acción del 13 de junio de 2014 en la Catedral de la Almudena.

Su intención, añade el juez, no era la de ofender los sentimientos religioso, sino la de ‘oponer’ su posición ‘y la de una parte de la sociedad de que existe un derecho al aborto y que este es irrenunciable’ frente a ‘la posición pública de la Iglesia Católica de defender el carácter sagrado de la vida desde el momento de la misma concepción’.

Y lo hicieron, dice la sentencia, ‘en un contexto en que existía debate político y social sobre si la legislación sobre el aborto debía ser o no modificada’.

Además, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la defensa de las ideas -a excepción de los delitos de odio, que el juez ha rechazado- debe soportarse, ‘incluso las que hieran, ofendan o importunen’.

‘Y esto es lo que claramente hicieron las acusadas, defender una idea, la del derecho al aborto’, argumenta la sentencia, que puede ser recurrida.

La actuación de las acusadas tampoco puede encuadrarse en un delito contra los sentimientos religiosos, ya que no hubo contacto físico con el crucifijo del altar central de la catedral, ni se interrumpió un acto de culto ni se produjo daño material por el que pudiera considerarse violado el templo, insiste la sentencia.

Ésta es la segunda ocasión en la que varias activistas de Femen son absueltas. La primera fue en 2016 cuando el tribunal absolvió a cinco jóvenes por haber irrumpido semidesnudas en una marcha antiabortista en Madrid en noviembre de 2013.

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