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Negocio de la Salud

Triple S responde a medias la petición de HIMA para evitar fin de contrato

La aseguradora planteó que una regulación federal le permite no renovar su contrato con los hospitales HIMA, pero la misma solo aplica a beneficiarios de Medicare Advantage y requiere permitirle al hospital una revisión.

Sin abordar las alegaciones de represalia que planteó el sistema hospitalario HIMA, la aseguradora Triple S pidió al tribunal que desestime la petición que estos sometieron para evitar que entre el vigor la expiración del contrato entre la aseguradora y los hospitales este próximo jueves.

La entidad corporativa que maneja los hospitales HIMA Caguas, Humacao, Bayamón y Fajardo, Centro Médico del Turabo (CMT), acudió al tribunal con un remedio urgente para evitar el efecto sobre miles de pacientes que tendría la expiración del contrato y que son beneficiarios de dos pólizas de Triple S: la Medicare Advantage y la comercial. Estos pacientes no podrían recibir servicios en los hospitales HIMA ni de médicos que solo tengan práctica asociada a estos hospitales.

CMT plantea que la no renovación de los contratos fue una revancha porque están reclamando en los tribunales pagos por servicios de 2018 que la aseguradora todavía no les ha hecho y porque se querellaron en la Oficina del Comisionado de Seguros con el resultado de que esa oficina impuso una multa a la aseguradora por negarse a proveer información sobre estas reclamaciones.

El juez superior Anthony Cuevas Ramos escuchó a las partes en una vista el martes, horas después de que los abogados de Triple S presentaran una moción de desestimación con solo un argumento: que una decisión del Primer Circuito de Apelaciones de Boston de enero pasado declaró la inconstitucionalidad del estatuto local que usó HIMA para argumentar que no procedían las cartas de no renovación de contrato que emitió Triple S. Esa ley, la 90 de 2019, indicaba que no podía ocurrir cancelación o terminación de contrato sin tener justa causa.

Pero en la vista, el abogado de CMT, José Morales Boscio, ripostó que esa determinación de inconstitucionalidad solo cubría a la línea de Advantage porque el campo estaba ocupado por regulación federal y que esa regulación federal comoquiera exigía que la terminación del contrato tuviera identificada una causa y que se permitiera al proveedor, o los hospitales en este caso, con la oportunidad de revisar esa decisión. El abogado reiteró que Triple S no había cumplido con ninguna de esas dos circunstancias y que, en su moción, había guardado silencio sobre todo lo relacionado al contrato de póliza comercial y tampoco había abordado las alegaciones de CMT de que la no renovación del contrato fue una represalia, lo que sería una causa ilegal.

El representante de Triple S, Harold D. Vicente, resaltó al tribunal que “los cimientos sobre los cuales han tratado de edificar su reclamación colapsó”, en referencia a su posición de que la inconstitucionalidad de porción de la Ley 90 dispone totalmente del caso. Cuestionó también que CMT haya reforzado su petición aludiendo a los derechos de los pacientes porque entiende que el sistema hospitalario no está capacitado para representar a los pacientes en el pleito. “Aquí no hay ningún paciente reclamando nada”, dijo al juez.

Vicente apuntó también que el contrato entre la aseguradora y el sistema hospitalario no requiere señalar causa para la decisión de dejarlo sin renovar y pidió “la más severa condena en honorarios de abogados” contra CMT porque basar su reclamo en un estatuto declarado inconstitucional hizo que el tribunal señalara una vista urgente con el resultado de que “no pudimos disfrutar de un fin de semana largo”.

Triple S, además, se quejó de que la prensa conoció de la demanda de HIMA el mismo día en que fue radicada. “Evidentemente, este litigio no es otra cosa que una pantalla publicitaria de HIMA San Pablo, difamatoria y retaliatoria en respuesta al ejercicio de las comparecientes de su derecho a no renovar el Contrato”, dijo en su moción, que también firmó como representante legal el exjuez presidente del Tribunal Supremo, Federico Hernández Denton.

Morales Boscio recordó a juez que el contrato entre la aseguradora y CMT no es uno cualquiera porque es uno de los instrumentos de la política pública de manejo de servicios de salud al público. “Si CMT estuviese vendiendo cajas de mapos... pues no pasa nada”, comentó.

Cuevas Ramos hizo preguntas sobre si la controversia era de cancelación o no renovación de un contrato y sobre por qué el contrato no disponía que tendría que establecerse causa para no renovarlo. Concedió dos días para que CMT conteste la moción de desestimación que Triple S sometió y luego resolvería.

Vea:

HIMA pide al tribunal que detenga “represalia” de Triple S y proteja a pacientes

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.