Pase de batón de OCS a Salud para cancelar contratos MA
La Oficina de la Comisionada de Seguros (OCS) argumentó que regulaciones federales le impiden intervenir con cancelaciones de contrato de proveedores realizadas por las compañías Medicare Advantage (MA).
La OCS asumió esta postura durante el segundo día de vistas públicas del Proyecto de la Cámara 2620, que busca enmendar el Código de Seguros de Puerto Rico para establecer un procedimiento para las cancelaciones de contrato efectuadas por las compañías de seguros en sus cubiertas comerciales, incluyendo los planes MA.
Según la OCS, como no tienen jurisdicción para intervenir con todo los planes médicos, se debe enmendar la ley orgánica del Departamento de Salud para que la Secretaria pueda actuar.
De otro lado, la OCS, se mostró a favor de que se emulen las regulaciones de terminaciones de contratos establecidas en el estado de Nueva York.
Mientras, la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE) no endosó la legislación al entender que 'no es prudente legislar para incorporar a la Ley 72, las cláusulas que puedan dar margen a la terminación de una relación contractual. Los proveedores acuerdan libremente contratar con el asegurador y, a su vez, con los Grupos Médicos. Finalmente, los contratos suscritos entre los MCOs (Managed Care Organization) y proveedores participantes, han sido previamente aprobados por ASES (Administración de Seguros de Salud) en sus cláusulas generales. La incorporación por la vía legislativa de causas específicas crearía un precedente muy negativo en términos de invadir la libertad de contratación que debe promoverse en todo momento y no supeditarse a condiciones distintas a las ya reconocidas por CMS (Centros para Servicios de Medicare y Medicaid), la ASES y por la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente, que salvaguardan el interés público de garantizar al beneficiario acceso y continuidad de servicios'.
De acuerdo a ACODESE, las preocupaciones que pueden surgir por el proceso de cancelación de un contrato a un proveedor quedan subsanadas en los nuevos contratos firmados por la ASES para el manejo de las regiones de Mi Salud y en la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente.
La aseguradora Humana Health Plan, Inc. tampoco endosó Proyecto, pues al igual que ACODESE alegó que viola derechos de libertad de contratación.
Finalmente, el Colegio de Cirujanos Dentistas, avaló el proyecto y recomendó establecer las causas específicas para la terminación de un contrato, que sea ASES quien establezca ese lenguaje, que se estipule el plazo de ASES para revisar terminaciones de contrato, y que los proveedores también tengan la potestad de cancelar el contrato.
A su vez, la Oficina del Procurador del Paciente, apoyó la medida y sugirió que el plazo para notificar a un proveedor de una cancelación de contrato sea 45 días de anticipación y que si el proveedor presenta queja con el proceso de cancelación la ASES lo investigue de forma expedita.
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