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Tribunal Supremo indio declara ilegales los fallos de cortes religiosas

El Tribunal Supremo de la India se reafirmó hoy en la ilegalidad de las fetuas, resoluciones judiciales basadas en la Ley Islámica, que van en contra de los derechos de los individuos.

El organismo recordó que las Cortes Sharia, encargadas de emitir estos decretos religiosos, no están autorizadas para ejercer de forma legal y advirtió de que en ocasiones imponen penas a personas inocentes, algo que 'no está permitido por ninguna religión'.

No obstante, los foros religiosos podrán seguir emitiendo decretos siempre que una de las partes implicadas se lo pida, informaron medios locales.

El fallo del Tribunal Supremo responde a una petición realizada en 2005 por el abogado Vishwa Lochan Madan, en la que denunciaba el papel de las cortes islámicas como audiencias paralelas en el dictamen de sentencias que afectan a los 140 millones de musulmanes indios.

El último Gobierno, en manos del Congreso Nacional Indio, se mantuvo al margen de los asuntos relacionados con las leyes islámicas y aseguró que sólo intervendría ante violaciones de los derechos humanos.

En 2013, el grupo feminista Bharatiya Muslim Mahila Andolan (BMMA en sus siglas en inglés) creó Cortes Sharia para mujeres en Bombay, Pune, Ahmedabad y Dindigul, mientras que anunció la creación de nuevas audiencias en al menos otros siete estados del país.

Con un funcionamiento similar al de los tribunales islámicos, los denominados Nyaya Panchayat son utilizados a menudo en la India para resolver desde disputas matrimoniales y asesinatos, hasta cuestiones relacionadas con los terrenos y el ganado.

Milicianos de la Unión de Cortes de la Sharia (ley islámica) haciendo una patrulla. (EFE)
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