José Luis Dalmau tendrá que seguir las riendas del plan de enmiendas a la Ley 25
Junto al senador independiente José Vargas Vidot, estaba al frente de la investigación del caso de Hermes Ávila Vázquez para lograr ajustar la Ley 25, pero Vargas Vidot no fue reelecto.
José Luis Dalmau Santiago, quien resultó electo para el próximo cuatrienio en el Senado, seguirá aunando esfuerzos para realizar los cambios pertinentes a la Ley 25, conocida como la Ley para el Egreso de Pacientes de S.I.D.A. y de otras Enfermedades en su Etapa Terminal para confinados que están en las instituciones penales, ley que facilitó la salida del asesino convicto Hermes Ávila Vázquez.
Nadie mejor que Dalmau Santiago para seguir las riendas y el trabajo de hacer cambios sustanciales a la Ley 25 después de llevar a cabo una investigación exhaustiva por varios meses junto al senador independiente José Vargas Vidot, quien no resultó reelecto para cuatro años más en la legislatura.
Las vistas públicas que giraron en torno al asesinato de Ivette Joan Meléndez se realizaron entre la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción del Senado, que preside Vargas Vidot, y la Comisión de lo Jurídico que preside Dalmau Santiago.
Ambos han reunido suficiente evidencia y recomendaciones por parte del Departamento de Justicia para radicar una medida en enero y ajustar la Ley 25.
Vargas Vidot, en entrevista con NotiCel semanas antes de las elecciones, había mencionado que su meta en enero era radicar la medida para mejorar la Ley 25 y evitar otro asesinato como el que provocó el convicto que fingió paraplejia, por lo que ahora queda en manos de Dalmau Santiago continuar la encomienda.
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“Como senador electo, propiciaré a la Ley 25, pero le corresponde actuar al próximo Senado”, fueron las únicas expresiones de Dalmau Santiago a NotiCel, reconociendo que la nueva mayoría en la Asamblea Legislativa es del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Algunas de las recomendaciones que había sometido el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, a la Asamblea Legislativa para enmendar la Ley fueron:
-Definir claramente lo que significa una enfermedad terminal. Actualmente en la Ley 25 no define de forma clara a qué se le atribuye una enfermedad en su etapa final.
-Sugieren que dentro de las definiciones se incluya el criterio de que el confinado tenga una prognosis médica de vida de seis meses o menos. "Así, el pase extendido bajo Ley 25 estará disponible únicamente para aquellos confinados que padezcan de enfermedades en etapa terminal, es decir, que tengan prognosis de vida corta", reza la recomendación.
-Deberían incluir, además, que en el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) se especifique que una de las excepciones para la excarcelación sea también por condiciones fisiológicas limitantes.
-También se debe emendar toda reglamentación vigente para eliminar pases extendidos por alguna condición médica o fisiológica limitante que no conlleve la prognosis de vida corta. "Consideramos que tales condiciones limitantes pudieran ser atendidas por el Plan de Salud Correccional del DCR", se destacó en el documento.
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-La Ley 25 también debe incluir las definiciones como: "panel de médicos", "panel médico competente", "medida profiláctica de emergencia".
-Previo a la evaluación del panel de médicos, se recomendó que el médico de cabecera del reo sea quien de primera mano certifique la condición de salud después de realizados laboratorios, estudios y/o cualquier otro examen médico. Debe tener vigencia dentro de los tres meses antes de su evaluación inicial.
-En cuanto al panel de médicos, sugieren especificar la especialidad o subespecialidad de sus miembros del panel.
-El panel de médicos debe evaluar el expediente médico del confinado y el reo también debe ser evaluado individualmente por cada miembro del panel, antes de discutirlo grupalmente y presentarse una recomendación colegiada al DCR.
-Otra sugerencia es que se detalle que los miembros del panel, antes de emitir la recomendación, pueden ordenar estudios y/o exámenes de laboratorios que sean necesarios para emitir una recomendación.
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-El panel deberá crear una serie de directrices de tratamiento para el confinado para cumplirse antes y durante el proceso de evaluación.
-También deben ser grabadas las reuniones del panel de médicos y someter una copia certificada al DCR. Las grabaciones estarán custodiadas por el panel por un mínimo de cinco años.
-Como requisito esencial del proceso de evaluación, el médico debe emitir una opinión al DCR sobre la peligrosidad del confinado y el riesgo que podría conllevar para la comunidad el concederle el pase extendido.
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-Para recomendar la excarcelación del confinado, si existe un recurso familiar que se haga cargo de este para cuidarlo en su condición terminal de salud, el familiar deberá comparecer al DCR, una vez solicite la salida al convicto. También tendrá que hacerse cargo de proveer las necesidades del convicto mientras este se encuentre bajo su cuidado e informar cualquier cambio en la condición de salid del convicto al DCR, entre otras recomendaciones a considerar.
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