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Legislatura

Familia y Salud dieron visto bueno para que se reglamente el aborto a menores de 15 años

De acuerdo con las estadísticas que suministró el Departamento de Salud, para el año 2024, cinco jóvenes de 15 años abortaron y con 16 años se registraron 14 abortos.

Archivo/ EFE: Proyecto del Senado 297
Foto: Archivo/ EFE

La medida legislativa crearía la ley que establecería un protocolo para manejar casos de abortos en menores de 15 años o menos en Puerto Rico, con la idea de que se active un protocolo tan pronto la menor acuda a una clínica para efectuarse el aborto y exista sospecha de que ha sido abusada sexualmente, ha sido endosada por el Departamento de la Familia (DF) y el Departamento de Salud.

A pesar de que el Proyecto del Senado 297 ya fue aprobado en el Senado a principios del mes de febrero, ahora la Comisión de lo Jurídico, presidida por José "Che" Pérez en la Cámara de Representantes, evalúa la posibilidad de también avalar la medida, que es producto de la senadora, Joanne Rodríguez Veve.

De acuerdo con las estadísticas que suministró el Departamento de Salud, para el año 2024, se reportaron 5,706 terminaciones de embarazos, siendo de 20 a 24 años, las edades donde más solicitaron abortos, para un total de 1,880 interrupciones de embarazos.

Le sigue el grupo de edades entre 25 a 29 años con 1,795 terminaciones, así como el grupo de mujeres de 30 a 34 años donde 1,077 abortaron.

Menores de edad que en Puerto Rico se practicaron el aborto fueron:

  • Jóvenes de 15 años - Abortaron 5
  • Jóvenes de 16 años - Se registraron 14 abortos
  • Jóvenes de 18 años - Abortaron 110 jóvenes
  • Jóvenes de 19 años - Se registraron 164 interrupciones de aborto.

En Puerto Rico, el derecho actual permite que cualquier mujer embarazada pueda someterse a un aborto sin limitaciones legales.

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El Departamento de la Familia (DF) explicó en la vista pública que es fundamental que se entienda que ya hay distintas teorías que establecen que, aunque un adolescente de más de 14 años podría tener la capacidad de tomar decisiones racionales y/o maduras, eso podría variar de acuerdo al ambiente en el que ha estado el menor.

La agencia además reconoció el derecho de la intimidad de las mujeres para decidir si terminar un embarazo no deseado, sin embargo, explicó que la salud física como emocional de esa joven puede verse afectada en el proceso.

"Un embarazo precoz en la adolescencia genera frustración y desesperanza en la mayoría de las adolescentes, pudiendo desarrollar en el futuro síntomas de depresión y ansiedad debido a que se encuentran en su proceso de adaptación a la adultez. Por lo que los cambios que genera un embarazo se suman a los cambios psicosociales comunes de la etapa de la adolescencia, como lo es la rebeldía, ambivalencia, necesidad de independencia, confusión de su imagen corporal, búsqueda de identidad y aislamiento. Por lo tanto, se producen temores, desequilibrio emocional, depresión, angustia, somatizaciones, intentos de aborto y en ocasiones de suicidio. Además, considerando la inequidad que existe entre hombres y mujeres, la adolescente soltera que se encuentra embarazada está expuesta a recibir rechazo y crítica por parte de la familia y la sociedad. Su autoestima se ve deteriorada, surgen sentimientos de culpa y minusvalía", sostuvo Familia.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (2020), las madres adolescentes entre los 10 a 19 años tienen mayor riesgo de preeclampsia, endometritis puerperal e infecciones sistémicas que las mujeres que se encuentran entre los 20 a 24 años. Así también, los bebés de madres adolescentes tienen un mayor riesgo de padecer bajo peso al nacer, nacimiento prematuro y afección neonatal grave.

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"Ya en Puerto Rico contamos con reglamentación promulgada por el Departamento de Salud la cual tienen que cumplir los centros de terminación de embarazos con el mismo fin establecido en la medida que examinamos. De esta ser convertida en ley, reforzaría lo dispuesto mediante reglamentación por el Departamento de Salud lo cual favorecemos. Como sociedad, debemos enfocarnos en promover legislación permisiva que reduzca la amenaza del aborto inseguro para la vida y la salud de todas las mujeres", sostuvo la agencia.

"Entendemos que regular el procedimiento del aborto en menores de 15 años para que cuenten con el consentimiento de sus progenitores o custodios legales es una medida razonable en protección del mejor bienestar de nuestras menores. Esto, sin perder de perspectiva que restringir o dificultar el acceso a abortos a la mujer, propende a que ésta busque alternativas no saludables, ni legales para culminar su embarazo lo que si atenta contra su vida y su salud", agregó.

Mientras, el Departamento de Salud también endosó el proyecto de ley porque entiende que se busca "un balance entre la protección de menores y el respeto a sus derechos... Esta práctica, conocida como la doctrina del consentimiento informado, se basa en el derecho fundamental que salvaguarda la inviolabilidad del cuerpo humano, considerado un derecho inalienable".

A pesar de que Salud endosa el proyecto, no estuvo de acuerdo con obligar a que se lleve una estadística por paciente para documentar la frecuencia de asistencia de la menor en clínicas abortivas.

Entiende que la medida no deja claro quién estará encargado de la estadística en la agencia y que sería oneroso y poco viable.

Mientras, el Departamento de Justicia no avaló el proyecto de ley y tampoco estuvo de acuerdo con que se establezca las estadísticas continuas a las menores de edad.

"Requerir al Departamento de Salud monitorear y documentar la frecuencia de las visitas de asistencia a las clínicas de aborto de aquellas menores de 15 años o menos que se hayan realizado un aborto, hasta llegar a su mayoría de edad, pudiera vulnerar sus derechos constitucionales", reza Justicia.

¿Qué propone el proyecto de ley?

La medida pretende que uno de los padres de la menor de 18 años o menos tenga que otorgar el consentimiento por escrito estipulando que autoriza que se someta a un procedimiento de aborto.

Según la exposición de motivos, la medida tiene la intención de proteger a las menores de edad y ya en jurisdicciones de Estados Unidos se requiere por ley que los custodios de las menores estén involucrados en todo el proceso conducente a un aborto legal.

De convertirse en ley esta medida, antes de realizar un aborto a un menor tendrán que:

  • Notificar y obtener el consentimiento de uno de los progenitores del menor y deberá estar presente en el momento de llevarse a cabo la terminación del embarazo.
  • Documentar en el expediente de la menor la información de su identificación y del tutor legal que la acompaña.
  • Hacer un referido inmediato al Departamento de la Familia (DF), aun cuando uno de los padres esté presente y añadir el dato en el expediente con fecha y hora.
  • Si la menor alega que el embarazo fue causado por su progenitor o tutor legal, la clínica de aborto o el hospital deberá de eximir el requisito de tener presente a los padres durante el proceso.
  • En el caso de que uno de los padres obligue a la menor a la fuerza o mediante violencia a realizarse el aborto, se expone a una pena de reclusión y una multa de $50,000.
  • No obstante, si el caso es que la clínica realiza el procedimiento violando los estatutos de esta medida, se exponen a reclusión por dos años y una multa de $25,000.

Ya el exsecretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado, había enmendado el reglamento Número 7654 precisamente para regular el "Licenciamiento, Operación y Mantenimiento de Centros de Terminaciones de Embarazos", en donde ahora se le obliga a estos a referir a las autoridades los casos de menores de 15 años o menos que acudan a realizarse un aborto bajo sospecha de agresión sexual.

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Periodista con más de ocho años de experiencia en los medios de comunicación de Puerto Rico, enfocada en los temas legislativos y políticos.