Visto bueno a la regulación del aborto a menores de 15 años o menos en Puerto Rico
Deberán ir acompañados de uno de sus progenitores para practicarse el aborto, pero comoquiera serán referidos al Departamento de la Familia.
El Senado avaló ayer la medida que busca regular la práctica del aborto en los casos de menores de 15 años o menos, sin discusión alguna en el hemiciclo.
Esta medida había sido duramente criticada, ya que buena parte de las agresiones sexuales contra menores son perpetradas por familiares y la medida dejaba en manos de otro familiar de la menor la autorización de que se sometiera a un aborto provocado por ese abuso.
Sin embrago, la medida fue descargada con varias enmiendas introducidas. Entre ellas, se eliminó la autorización por parte de los progenitores si la menor quedó embarazada a causa de una violación por parte de su padre y/o tutor legal.
Así como también regulaba el aborto desde los 18 años y fue cambiado para que comenzara desde los 15 años.
El Proyecto del Senado 495 está radicado desde el 22 de julio del 2021 y es de la autoría de la senadora de Proyecto Dignidad (PD), Joanne Rodríguez Veve.
La medida propone crear la Ley para establecer protocolo de manejo de casos de abortos en menores de 15 años o menos que estén embarazadas y acudan a un médico para efectuarse un aborto, así como para requerir que al menos uno de los padres otorgue dicho consentimiento.
“Esta es la continuación de una agenda para limitar los derechos de las mujeres sobretodo de las mujeres en las condiciones más vulnerables como una mujer joven enfrentando un embarazo no deseado… a juzgar por la votación, me parece penoso que ese sea el legado de fin de sesión”, expresó la senadora María de Lourdes Santiago en un aparte con la prensa.
Este consentimiento deberá ser informado por escrito previo a que se lleve a cabo el aborto.
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La medida dispone que en Puerto Rico, se necesita autorización de los padres para celebrar un matrimonio, someterse a procedimientos médicos, para obtener licencia de conducir, pero para el aborto no dispone del requisito.
En síntesis, un menor de 18 años actualmente puede consentir a dar por terminado un embarazo.
La Comisión de Asuntos de Vida y Familia hizo un referido a varias agencias, entre ellas el Departamento de Justicia.
El pasado 22 de febrero, el Departamento de Justicia rindió un informe que detalla que luego de investigar 67 casos de menores de 15 años o menos a quienes las clínicas de aborto le practicaron un aborto entre el 2018 al 2022, dos de las 67, resultaron ser víctimas de agresión sexual.
En las 32 de las 65, el embarazo se produjo entre menores de edad.
Mientras, 36 de ellos fueron acompañados por su madre o padre.
Con la aprobación del P de la S 495, se deberá notificar el consentimiento informado de al menos de uno de los progenitores y deben estar presentes con la menor al momento de la terminación del embarazo.
Se realizará un referido al Departamento de la Familia, aún cuando los padres hayan consentido el aborto.
En el caso de que la menor alegue que el embarazo fue causado por su progenitor o tutor legal, la clínica deberá llevar a cabo la terminación del embarazo y estará eximida de cumplir con el requisito de la presencia de uno de los progenitores.
También se referirá el caso al Departamento de la Familia.
De la joven ser obligada a practicarse un aborto por medio de la fuerza, amenaza o violación, se incurrirá en un delito con pena de reclusión por un término fijo de tres años.
Mientras que, cualquier persona que permita que se realice un aborto a una menor en violación de esta legislación, incurrirá en un delito con una pena de reclusión fija de dos años y una multa de $25 mil.
La votación cerró 19 a favor y seis en contra por parte de Javier Aponte Dalmau, Rafael Bernabe Riefkohl, Ana Irma Rivera Lassén, María de Lourdes Santiago, Héctor Santiago Torres y José Vargas Vidot.
La senadora Nitza Morán se abstuvo.
Ahora pasará a la consideración de la Cámara de Representantes.
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