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Legislatura

Proponen que entrega de horario sea con siete días de antelación en talleres con horarios rotativos

El Proyecto del Senado 1461 cita escenarios similares en la ciudad de Nueva York y en Seattle, Washington.

El senador Rafael Bernabe.
Foto: Archivo/NotiCel

Un proyecto de ley obligaría a los patronos, particularmente en negocios donde existen horarios flexibles o rotativos, cumplir con un periodo fijo de tiempo de antelación para notificar las horas y días de trabajo.

El Proyecto del Senado 1461, de los senadores Ana Irma Rivera Lassén y Rafael Bernabe, enmienda la Ley para Establecer la Jornada de Trabajo en Puerto Rico (Ley 379-1948), para disponer que “el horario” será notificado dentro de un periodo no menor de siete días antes de su comienzo.

“El horario debe estar publicado en un tablón de anuncios o bulletin board público donde todos los empleados y las empleadas lo puedan ver y será notificado mediante correo electrónico, mensaje de texto o cualquier medio confiable de comunicación electrónica”, lee la medida.

El horario publicado tiene que incluir las fechas, las horas de inicio y finalización de cada turno de trabajo.

“Si el horario no ha sido notificado con siete días de anticipación, no se podrá penalizar al empleado o empleada que no pueda cumplir con el mismo. De igual modo, aunque el horario de la jornada semanal haya sido notificado con el tiempo mínimo requerido por esta Ley, si sufre cambios con menos de siete días de anticipación a las jornadas que han sido notificadas, tampoco se podrá penalizar al empleado o empleada por no cumplir con el horario establecido... a menos que hayan consentido por escrito a la modificación en el horario o sean quienes solicitaron la misma”.

La Exposición de Motivos de la pieza legislativa cita un estudio del 2018 del Economic Policiy Institute de Estados Unidos que establece que los horarios inestables “son un problema clave” que enfrentan trabajadores, particularmente en industrias de bajos ingresos. Estos trabajadores enfrentan la incertidumbre de horarios “volátiles” mientras intentan levantar familias.

Según los legisladores, en la ciudad de Nueva York, todo negocio más de 20 empleados tiene que entregar el horario al menos 72 horas antes de que comience el primer turno de ese horario. En el campo de la comida rápida la ciudad de Nueva York, se tiene que entregar el horario 14 días antes del comienzo de la semana laboral. Ese horario puede ser modificado, pero conlleva penalidades.

En Seattle, Washington, se ha establecido una práctica similar.

“Muchas empresas necesitan ofrecer turnos rotativos diarios y semanales debido a las características específicas de su negocio. Para estas empresas, sería de gran provecho poder garantizarle a su fuerza de trabajo la estabilidad mínima de una comunicación efectiva de los horarios de trabajo con tiempo razonable que asegure la asistencia de su empleomanía a sujornada laboral y, a la misma vez, le permite a quienes son parte de esta planificar su semana”, lee la medida.

Graduado de la Universidad de Sagrado Corazón, cuenta con sobre 25 años de experiencia en el periodismo, cubriendo deportes, infraestructura, seguridad, tribunales y la Legislatura. Inició su carrera en El Nuevo Día y trabaja con Noticel como editor desde agosto del 2023.