Acogida en la Cámara propuesta “Ley Contra el Discrimen Por Razón de Estilos de Cabello”
La medida ya fue aprobada por el Senado y pasa ahora al pleno de la Cámara con informe positivo.
Con votación de once votos a favor y dos abstenciones, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes apoyó, y recomendará positivamente al pleno del cuerpo, la aprobación del proyecto senatorial que establece la “Ley Contra el Discrimen Por Razón de Estilos de Cabello”.
El gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia, ha dicho que firmaría el proyecto.
La medida propone específicamente establecer la política pública en Puerto Rico en contra del discrimen racial contra los diversos peinados protectores y texturas de cabello que regularmente se asocian con identidades de raza y origen nacional particulares (incluyendo, sin que ello se entienda como una lista exhaustiva, a los rollos o rizos apretados, trenzas pegadas, torcidos, trenzas, nudos Bantú y afros) en el ofrecimiento de servicios públicos, empleo, educación y vivienda, tanto en el sector público como en el sector el privado.
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Además de establecer la política pública sobre el tema, el proyecto propone la prohibición de que “en ninguna instancia un patrono podrá suspender, rehusarse a emplear, despedir o de cualquier otra forma perjudicar a una persona en su empleo por tener peinados protectores y texturas de cabello que regularmente se asocian con identidades de raza y origen nacional particulares.
Agrega que no se negará a persona alguna acceso, servicio e igual tratamiento en los sitios y negocios públicos, según definidos en la Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico, por tener dichos estilos protectores y texturas de cabello. Tampoco las personas con los estilos protectores y texturas de cabello antes descritas, serán discriminadas en los procesos de adquisición y arrendamiento de viviendas, ni como participantes del sistema escolar público y privado de Puerto Rico.
Dichas prohibiciones se incluyen en las enmienda que se proponen a la Ley del Código Municipal de Puerto Rico y la Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral y la Ley de Derechos Civiles.
El cambio principal introducido es que agrega a las prohibiciones ya contenidas en esas leyes, tales como razón de raza, color, sexo, nacimiento, edad, orientación sexual, identidad de género, origen o condición social, incapacidad física, incapacidad mental, condición de veterano, por sus ideas o afiliación política o religiosa, el “tener peinados protectores y texturas de cabello que regularmente se asocian con identidades de raza y origen nacional particulares. La antigüedad será un factor en casos de igual capacidad e idoneidad”.
Agrega a la determinación de lo que es acoso acoso laboral “los comentarios o burlas dirigidos al empleado sobre la apariencia física, la forma de vestir, o peinados protectores y texturas de cabello que regularmente se asocian con identidades de raza y origen nacional particulares, formuladas en público”.
Enmienda también la “Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico”, para establecer que “en Puerto Rico no se negará a persona alguna acceso, servicio e igual tratamiento en los sitios y negocios públicos y en los medios de transporte por cuestiones políticas, religiosas, de raza, color, sexo, por tener peinados protectores y texturas de cabello que regularmente se asocian con identidades de raza y origen nacional particulares o por cualquiera otra razón no aplicable a todas las personas en general”.