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Legislatura

Avalan medida para impedir que convicto por incesto o trata humana cualifiquen para libertad bajo palabra

Un estudio concluyó que los menores cargan por todas las etapas de su vida las consecuencias del abuso y maltrato.

Entre enero y abril de 2023 se reportaron 417 incidentes de violencia sexual.
Foto: Juan R. Costa-Rivera

La Cámara de Representantes aprobó una medida que agrega los delitos de incesto o trata humana contra menores de edad a la lista de delitos que no cualifican para los beneficios de libertad bajo palabra.

El Proyecto del Senado 1289, de la senadora popular Elizabeth Rosa Vélez, fue aprobado con enmiendas en el informe y sin discusión en el hemiciclo. La medida fue radicada el 17 de agosto, luego de que trascendiera el caso de Alexis Alicea Torres, el hombre de Lajas acusado de incesto y otros delitos contra una hija a quien le provocó un embarazo.

Con el caso, trasciende que que el hombre (Alexis Alicea Torres) cualificaría para los beneficios de libertad bajo palabra en 25 años, debido a que el estado de derecho no contempla el incesto entre los delitos que no cualifican para el beneficio.

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Según datos del Observatorio para la Prevención de la Violencia de Género, adscrito al Centro de Ayuda a Víctimas de Violación (CAVV) del Departamento de Salud, entre enero y abril de 2023 se reportó un total de 417 incidentes de violencia sexual. De estos, el 87% de los ofensores fueron hombres y un 13% mujeres.

Anteriormente, para el 2021 se radicaron 868 querellas de violencia sexual, desglosadas entre 619 por casos lascivos, 10 por incesto y 238 por agresión sexual. Las edades de las víctimas se segregan en un 75% entre los cero a 17 años, un 13% entre 19 a 29 años, el 6% entre 30 a 49 años y 1% a mayores de 50 años.

La lista de exclusiones en la ley, también incluye agresión sexual, pornografía infantil y asesinato de un oficial del orden público o guardia de seguridad privado, fiscal, procurador de menores, procurador de asuntos de familia, juez u oficial de custodia que se encuentre en el cumplimiento de su deber.

De acuerdo a la exposición de motivos, "las consecuencias del abuso sexual especialmente en menores es un trauma que tiene efectos en todas las etapas de la vida de un individuo".

De acuerdo al Plan Nacional para la Prevención del Maltrato de Menores en Puerto Rico 2014–2024, tras un estudio piloto para conocer los efectos a largo plazo del abuso sexual, los efectos psicológicos, emocionales y mentales más recurrentes son los problemas de autoconcepto, hipervigilancia, agresividad, pobre control de impulsos, desconfianza, llanto, entre otros.

El estudio concluye que los menores cargan por todas las etapas de su vida las consecuencias del abuso y maltrato.

"Sería una injusticia social que los victimarios puedan recibir un privilegio de extinguir su sentencia en libertad bajo palabra cuando sus víctimas están sentenciadas a vivir con un trauma de por vida", reza la medida.

El proyecto recibió informe positivo el pasado 13 de marzo por la Comisión de lo Jurídico y Desarrollo Económico que preside el líder cameral, Rafael "Tatito" Hernández Montañez.

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Departamento de la Familia

El Departamento de la Familia avaló la medida. Coincide en su totalidad en el aumento de casos de maltrato de menores, abuso sexual e incesto. También destacó que “el abuso sexual constituye un grave problema social que atenta contra la seguridad, bienestar físico y emocional de las personas sobrevivientes y afecta las condiciones de convivencia necesaria para el adecuado desenvolvimiento de orden institucional”.

De igual manera, resaltaron que el daño físico y emocional causado por los delitos sexuales en menores de edad, tienen un efecto a largo plazo en las víctimas. Por esta razón, entienden que los agresores no deben ser consideradas para el privilegio de libertad bajo palabra.

La Junta de Libertad Bajo Palabra

La Junta de Libertad Bajo Palabra estuvo en contra de la medida, ya que entienden que excluir estos delitos del privilegio de libertad bajo palabra no es la manera adecuada de prevenir la violencia sexual. Conforme a su ley orgánica, la Junta tiene como propósito promover la rehabilitación de las personas convictas.

Entienden que la naturaleza de los delitos sexuales ha provocado una exigencia más estricta contra los ofensores sexuales en comparación con otros delitos. Recalcaron que tanto en Puerto Rico como en Estados Unidos se han adoptado medidas legales para la protección de víctimas y la prevención de delitos sexuales, como lo es el Registro de Ofensores Sexuales, el cual tiene el objetivo de brindar seguridad una vez se reintegra a la comunidad el ofensor sexual.

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La Alianza para la Paz Social

La Alianza para la Paz Social también sometió sus comentarios ante la comisión avalando el proyecto y considerando que ha habido un alarmante aumento de casos de maltrato de menores, abusos sexuales, incesto y trata humana. Ante esto, entienden que las leyes no contienen las sanciones o castigos que vayan de acuerdo con el grado de daño emocional causado a las víctimas de estos delitos. Entienden que empeora ese sufrimiento para la víctima el conocimiento de que la persona causante de ese daño emocional pueda retomar su vida en la libre comunidad.

Mientras, la Sociedad para Asistencia Legal (SAL) envió una ponencia en contra de la medida, ya que consideran que no se debe limitar el privilegio de libertad bajo palabra para ningún delito.

El P de la S 1289 obtuvo 50 votos a favor.

El representante Luis Ortíz Lugo, fue excusado de la sesión.

La Cámara de Representantes recesó sus trabajos hasta la primera semana de abril.

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Periodista con más de ocho años de experiencia en los medios de comunicación de Puerto Rico, enfocada en los temas legislativos y políticos.