Derrotan medida que le anticiparía al empleado su despido 15 días antes
El proyecto es de los senadores Ana Irma Rivera Lassén y Rafael Bernabe Riefkohl del partido Movimiento Victoria Ciudadana (MVC).
El Senado derrotó ayer la medida que busca que un patrono tenga la obligación de notificar las razones de un despido a un empleado de forma escrita en un término de 15 días previos a la fecha de efectividad, detallando las razones que lo motivan a dar por terminado el contrato.
La medida no procedió, ya que fue considerada por la mayoría de los legisladores un proyecto incompleto que desfavorecía la parte de los derechos del patrono.
El P. de la S. 1191, tenía la intención de enmendar la Ley 80, mejor conocida como la Ley Sobre Despidos Injustificados, ya que, de acuerdo con la exposición de motivos, las causas de un despido no siempre son informadas.
La medida legislativa es de la autoría de los senadores Ana Irma Rivera Lassén y Rafael Bernabe Riefkohl del partido Movimiento Victoria Ciudadana (MVC).
La primera legisladora en levantar la voz en contra fue la senadora por el Proyecto Dignidad (PD), Joan Rodríguez Veve.
"El campo laboral es un ecosistema que coexisten ambos (empleados y patronos) porque se necesitan mutuamente. Nosotros a mi juicio tenemos la obligación de proteger a los dos...y ese proyecto de ley que estamos discutiendo de la delegación del Movimiento Victoria Ciudadana , es un proyecto que puede ser muy bien intencionado, planteando la necesidad de legislar a favor de los llamados derechos de los trabajadores, pero es un proyecto desequilibrados porque olvida la necesidad de también de proteger a los trabajadores que son patronos...Esta legislación es totalmente innecesaria", señaló la senadora.
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Mientras, el senador de MVC, Rafael Bernabe Riefkohl, defendió la medida y solicitó que tenían que "evaluarla fríamente".
"Esta medida yo creo que hay que evaluarla fríamente y cuidadosamente. En Puerto Rico existe el concepto del despido injustificado, la premisa es que cuando se da un despido, puede haber o no haber justa causa. Cuando hay justa causa, se da el despido, cuando no hay justa causa, se da el despido también, pero el trabajador tiene derecho a cierta compensación. Eso es lo que existe ahora ...esta medida no cambia nada con respecto a eso, no establece nada nuevo, no le quita ningún derecho a nadie ni le otorga con respecto a las causas de despido. Lo único que hace es que plantea que en el caso de un despido, el patrono informe por escrito al despedido las razones por las cual lo están despidiendo..." contestó Bernabe Riefkohl.
El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, también tomó un turno a la medida y aseguró que el informe positivo emitido a la medida solo contiene memoriales explicativos de quienes están a favor y no en contra.
"Quién me llama la atención hoy para que yo consuma un turno es el compañero Rafael Bernabe cuando dice que miremos el proyecto fríamente, y lo volví a leer...Mantener sin saber a una persona que es despedida 15 días en una empresa, eso le crea un problema no solamente al patrono, sino a compañeros de trabajo. Este Senado ha sido uno que ha trabajado enmiendas a leyes laborales, pero buscando el balance para todos, no con un interés en particular y cuando se ha votado, se ha votado buscando los mejores intereses del país, pero cuando uno mira fríamente la medida, de entrada, se pregunta: ¿desde abril del 2023 a enero 2024 porque no aparece en el informe el memorial de la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico? Yo creo que es importante que una organización que agrupa a miles de restaurantes, tenga una expresión sobre esta medida porque puede tener un impacto favorable o negativo si nosotros la aprobamos o la rechazamos. Esa ponencia es importante. Me llama la atención en el informe (positivo), que todas las organizaciones que aparecen pertenecen a los trabajadores", destacó Dalmau Santiago.
El pasado 11 de enero, la medida tuvo un informe positivo por parte de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales que preside también la senadora Rivera Lassen.
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La Oficina de Servicios Legislativos, la Junta de Relaciones del Trabajo, la Unión General de Trabajadores, el Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores, la Federación de Trabajadores y la Central Puertorriqueña de Trabajadores fueron las agencias incluidas en el informe positivo, únicamente avalando el proyecto.
Por otro lado, el senador del Partido Nuevo progresista (PNP), Thomas Rivera Schatz cuestionó la medida y adelantó antes de ser derrotada, que toda la delegación del partido penepé votaría en contra.
"En el informe tampoco hay una estadística de cuántos casos hay, yo esperaría que una legislación cuyo propósito es que se mande una carta o que se notifique por escrito, tenga aquí datos que diga las decenas de miles de trabajadores que están sufriendo eso. ¡No hay un solo dato que lo justifique!...Este proyecto no resuelve absolutamente nada, lo dijeron ellos mismos", denunció el portavoz penepé.
Detalles que incluía la medida
El P de la S 1191 defiende en la exposición de motivos que esta medida provee varios beneficios, “primero, no es onerosa para las partes, pues únicamente requeriría que el patrono articule por escrito las razones para el despido y las entregue al empleado al momento del despido. Segundo, desincentiva pleitos inmeritorios y tercero, evita deshonestidad patronal”, resalta la medida.
“Reconociendo esta realidad, la presente medida, busca otorgarle un periodo de transición de 15 días a cada persona empleada para que esta pueda prepararse para la futura pérdida de su empleo, para buscar y obtener otros trabajos, y de ser necesario, llevar a cabo un programa de rehabilitación vocacional que les permita procurar un nuevo empleo o profesión con condiciones dignas de trabajo, de manera que el periodo que de otra manera estarías desempleados se elimine totalmente o reduzca significativamente”, sostiene el P de la S 1191.
Otras de las razones que se dispone en las enmiendas a la Ley 80, es que la carta de despido también es requerida para hacer valer otras políticas públicas, por ejemplo: a los beneficios de desempleo.
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Abogado laboral alertó de la medida
Por otro lado, el abogado laboral Jaime Sanabria, destacó en sus redes sociales en horas de la mañana que la enmiendas que se hicieron lo convierten en uno vago, ambiguo, oneroso e incluso, inconstitucional.
“Este Proyecto del Senado que fue enmendado durante las vistas que celebraron en la Comisión Laboral, ahora exige que todo patrono en Puerto Rico notifique con 15 días de anticipación por escrito, la carta de despido, donde se especifique de una manera clara y concreta las razones para ese despido. Ciertamente, este proyecto de ley nos parece un proyecto negativo, cuando uno examina el informe de la Comisión de Derecho Laboral, nos dimos cuenta de que no recoge las posiciones del Departamento del Trabajo Local, ni tampoco del sector privado y sus empresarios”, destacó Sanabria por en las redes sociales.
“Creo que la manera en que está redactado, esta exigencia de los 15 días, esto de que este así por escrito de una manera concreta, deja muchas dudas, convierte el proyecto en uno amplio y vago y puede ser incluso inconstitucional. Es contrario, a la Ley 80 del 1976 porque entre otras cosas, todos sabemos, por ejemplo, que, durante el periodo de probatoria de una persona, yo no tengo que dar razón alguna para el despido, eso es uno de los beneficios de someter a una persona a un periodo de probatoria. Sin embargo, este proyecto de ley no hace esa distinción y exige una carta parece ser durante ese periodo”, continuó.
“De igual forma, es ambiguo porque no explica cuál es la consecuencia si el patrono no notifica las razones o si lo pone de una manera clara y concreta. No te dice si habrá una penalidad, si el patrono va a tener que pagar esos 15 días que no notificó el despido. El proyecto obvio lo más importante que es qué pasa si el patrono tiene que despedir a alguien por una falta grave, una ofensa mayor, hurto, una agresión u otras cosas”, resalta.
El licenciado Sanabria, también dejó claro que la medida como está redactada da la impresión de que, si no se notifica el despido con 15 días de anticipación, sería injustificado.
“Este proyecto de ley ahora mismo como está redactado es nefasto, no es correcto. Viola la Ley 80 y también el espíritu y la letra de la ley 4 del 2017 (mejor conocida como la Reforma Laboral) que flexibilidad hacer negocios en Puerto Rico. La Reforma contempla, por ejemplo, contempla que toda relación laboral puede ser verbal o escrita, ¿qué pasa con los casos verbales? ¿Tengo que notificarlo también por escrito? Nos parece que es una inconsistencia y más importante todavía, la ley 4 del 2017 está impulsada por la Junta de Supervisión Fiscal y la Junta no le dará el aval a este proyecto de ley …”, aseguró.
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