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Legislatura

Proponen crear protección extendida a favor de menores en casos de abuso sexual

Permitiría que este instrumento sea vigente hasta cumplir los 18 años.

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Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El Senado le dio paso a una medida que crea lo que se conocería como una orden de protección duradera a favor de menores que posiblemente han sido víctimas de abuso sexual para así mantener la seguridad del menor mientras los hechos son investigados.

La vigencia de la orden se extendería desde el momento en que es autorizada hasta los 18 años.

El proyecto busca que, cuando existe una sospecha de que un menor está siendo abusado sexualmente y un adulto somete una querella para que se inicie una investigación, también se expida la orden de protección vigente hasta los 18 años solo un Centro de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Abuso Sexual (CIMVAS) o una entidad que realice exámenes forenses valida que hubo abuso sexual.

La exposición de motivos de la medida sostiene que aunque el CIMVAS valide los actos de abuso sexual, el proceso penal puede comenzar cuando ya la orden de protección ha vencido.

“Bajo ese cuadro, al vencerse la orden de protección el menor estaría sin remedio alguno que lo proteja de ese agresor cuya validación fue emitida por los profesionales de los CIMVAS”, lee la medida. No obstante, la autora del proyecto, la senadora popular Migdalia González argumenta, sin brindar ejemplos, que “alguien podría interpretar” que el tribunal no tendría las herramientas para extender una orden de protección por el tiempo que sea necesario.

El Proyecto del Senado 1262 fue referido a la Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez y obtuvo un informe positivo el pasado 14 de noviembre por la senadora Rosamar Trujillo Plumey.

Esta medida se radicó el pasado 23 de junio en medio de una racha de casos casos de maltrato y abuso sexual a menores. Por ejemplo: con el caso de la niña April, de dos años, que fue agredida sexualmente por su padre, lo que le causó la muerte.

Como el caso de la adolescente de 13 años en el mes de agosto, que fue abusada y embarazada por su padre; entre otros casos relacionados.

De acuerdo con la Ley de Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores y el Código Penal, una orden de protección a favor del menor se puede adjudicar sin la convicción del agresor.

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Departamento de la Familia (DF)

La secretaria de la Familia (DF), Ciení Rodríguez Troche avaló toda la medida, pero sometió comentarios y sugerencias para reiterar que “ante la consideración de expedir una Orden de Protección Duradera, se debe tomar en cuenta el tipo de abuso sexual, quién es la alegada persona agresora, nivel de trauma que ha causado al núcleo familiar y manejar el caso garantizando la seguridad del menor, así como los derechos de sus progenitores”, destaca el informe positivo.

La agencia recomendó que para los casos de infantes hasta la edad de nueve años y 11 meses, se les realice una evaluación psicosocial para determinar o descartar factores de riesgo. Así como que los casos que se aleguen que han tenido acercamientos sexuales hacia el menor y se haya comprobado, pero no se concibió el abuso, se considere la expedición de la orden de protección duradera como medida de prevención sujeto a evaluación.

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Colegio de Profesionales del Trabajo Social

El Colegio de Profesionales del Trabajo Social se expresó a favor de la medida, pero manifestaron preocupación ante los pocos Centros de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Abuso Sexual (CIMVAS) que existen alrededor de todo Puerto Rico.

Según un informe positivo de la P. de la S. 302 (que evaluaba los CIMVAS), se registraron solo dos centros para todo Puerto Rico.

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Departamento de Salud

El Departamento de Salud también favoreció la medida, pero la agencia sostuvo que “podrían dejar sin protección lo que provee la misma, a menores que aún no están listos para someterse a evaluación forense, pero que pudiesen estar listos posteriormente, así como a menores que no se sometieron a evaluación forense, pero reciben servicios clínicos para atender la salud emocional; aquellos referidos para recibir apoyo psicológico al momento de encontrarse listos para testificar, entre otros…”, resaltaron.

La Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez también solicitó comentarios del Departamento de Justicia, Administración de Tribunales y Colegio de Abogados. Sin embargo, no aparecen dentro del informe positivo de la Comisión.

La medida cerró con 26 votos a favor. El senador penepé William Villafañe estuvo ausente.

Ahora pasará a la consideración de la Cámara de Representantes.

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Periodista con más de ocho años de experiencia en los medios de comunicación de Puerto Rico, enfocada en los temas legislativos y políticos.