Avalan proyecto que prohíbe cobro de intereses, recargos o penalidades en facturas de la AEE
Senado avaló prohibir el cobro a los abonados por errores en el cálculo administrativo o por estimados de los servicios, si han pasado los 120 días desde la expedición de la factura.
El Senado avaló el informe del Comité de Conferencia de un proyecto que enmienda la Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) para prohibir el cobro a los abonados por errores en el cálculo administrativo o por estimados de los servicios, si han pasado los 120 días desde la expedición de la factura.
Con la aprobación del Proyecto del Senado 1218, de los senadores Joanne Rodríguez Veve, Wanda Soto Tolentino, Rubén Soto y William Villafañe, las cantidades a cobrar no estarán sujetas a recargos o penalidades. Mientras, los clientes podrán solicitar un plan de pago para las mismas, sin que se le requiera pagar un depósito inicial.
Falta que la Cámara de Representantes también avale el informe para que la pieza legislativa pase a la firma del Gobernador.
La ley orgánica de la AEE dispone que "hay un término de 120 días a partir de la expedición de las facturas por concepto de consumo de energía eléctrica para notificar a los clientes de errores en el cálculo de los cargos facturados". Sin embargo, solo aplica a clientes residenciales, dejando afuera a los clientes comerciales, industriales o institucionales. Con este proyecto, todos los sectores serán incluidos.
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"Es totalmente injusto que un abonado de la Autoridad, sin importar que tipo de cliente sea, que descansando en la eficiencia de esta entidad, haya pagado debidamente los cargos facturados por el consumo de energía eléctrica, esté sujeto a que en un futuro le requieran retroactivamente el pago de cargos que no fueron oportunamente cobrados o facturados por la Autoridad. Permitir semejante proceder de parte de la Autoridad no solo es impropio, sino que fomenta la ineficiencia administrativa y gerencial que se busca corregir y desalentar", detalla la Exposición de Motivos.
El proyecto obtuvo 18 votos a favor y seis senadores penepés se abstuvieron. Excepto, por la senadora Nitza Morán, Villafañe y Soto Tolentino.
Las enmiendas incluyen que cuando los cargos en una factura incluyan tres o más mensualidades vencidas por servicio, error u omisión de la Autoridad que no fueron debidamente facturados, se deberá ofrecer un plan de pago razonable a base de su capacidad económica.
Mientras, la AEE tendrá un máximo de 180 días para facturar cualquier servicio. Luego de ese término, no se podrá cobrar por el servicio provisto y no facturado.
Esto no aplicaría cargos o ajustes periódicos provistos en la tarifa aprobada por el Negociado o a los Cargos de Transición de la estructura de titulización.
En caso que los contadores estén fuera del alcance visual u ocurra un evento atmosférico, la medida no aplicará a facturas que se emitan a base de estimados de facturación a sus clientes.
De igual forma, se prohíbe como práctica de cobro y apremio de pago, informar a las agencias de crédito las cuentas de atraso de sus clientes residenciales, excepto cuando se trate de una cuenta que se le haya realizado más de dos requerimientos de pago y agotado los mecanismos de cobro por no cumplir con la AEE.
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