Engavetan mutilada medida para crear "Ley de protección al consumidor solar"
Al proyecto original (1047), que busca establecer un marco regulatorio que pretende que los consumidores solares puedan conocer cabalmente sus derechos, le cercenaron 25 páginas y se incluyeron "elementos peligrosos".
El segundo informe con enmiendas al proyecto del Senado 1047, que busca crear la "Ley de protección al consumidor solar", fue dejado en "asuntos pendientes" durante la sesión ordinaria de ayer del alto cuerpo.
La medida sufrió la mutilación de 25 páginas y hubo cambios que, al final, motivaron que la pieza legislativa fuera engavetada.
El proyecto de ley pretende establecer un marco regulatorio de manera tal que los "consumidores solares" puedan conocer "cabalmente" sus derechos.
En este sentido, la ley establecería los requisitos específicos de contenido en los contratos solares, así como los derechos del consumidor para ejercer una cancelación.
También dispondría una garantía mínima para cobijar a los consumidores ante el instalador del equipo y establecería un proceso para asegurar que todo consumidor sea escuchado y atendido en el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).
Asimismo, la normativa estatuye las responsabilidades que tendría el gobierno para educar a los consumidores sobre sus derechos y otras medidas protectoras.
Ya la Asamblea Legislativa atendió un asunto similar para poder ofrecer a los consumidores las protecciones necesarias al momento de adquirir generadores eléctricos.
Mediante la aprobación de la Ley 107 de 2019, (“Ley de Cumplimiento de Garantía de Generadores Eléctricos”) se promovió un andamiaje jurídico, legal y administrativo en donde se establecieron criterios razonables y se determinaron las jurisdicciones específicas para disipar cualquier duda a la hora de que un consumidor tuviera un reclamo.
Respecto del proyecto del Senado 1047, la senadora del PIP, María de Lourdes Santiago, alertó que al proyecto de ley se le "descartaron" 25 páginas del original y se incluyeron "elementos peligrosos" para una persona que adquiera un sistema de energía solar.
"Elimina la protección del Código Civil a los contratos de adhesión, por lo que quita un recurso importante para la defensa. Además, desaparece la jurisdicción del tribunal de Primera Instancia, lo que cierra la puerta del tribunal a los consumidores con sistemas solares. Es lo mismo que decir que nadie va a ver su caso".
Frente a esta situación, la política consideró "sensato" que el proyecto regresará a la comisión de origen para que "se rescaten elementos valiosos de la versión original", pero la propuesta fue derrotada.
Sin embargo, al final se determinó que fuera puesto en "asuntos pendientes" para ser evaluado en un futuro.