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Legislatura

Cámara aprueba medida que concede estatus regular a empleados transitorios

El cuerpo legislativo concurrió con las enmiendas del Senado al sustitutivo a los proyectos 1455 y 1469, que atiende modificaciones a la “Ley de Empleo Transitorio o Temporal en el Servicio Público”.

El hemiciclo de la Cámara donde se llevaron a votación las medidas.
Foto: NotiCel

La Cámara, en su sesión ordinaria de hoy, aprobó el sustitutivo de la Cámara a los proyectos 1455 y 1469, que busca conceder estatus regular a los empleados transitorios.

El cuerpo legislativo concurrió así con las enmiendas del Senado al sustitutivo, que tiene como objetivo crear la “Ley de Empleo Transitorio o Temporal en el Servicio Público”.

La normativa busca conceder estatus regular en el servicio de carrera a los empleados transitorios que ocupan, por más de 4 años, puestos vacantes con funciones permanentes del servicio de carrera o de duración fija.

El beneficio se daría si cumplen con las disposiciones estatuidas en las agencias cubiertas por el Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico.

El proyecto de ley también ordena a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) a adoptar reglamentación de conformidad con lo establecido en la medida.

En su exposición de motivos, la pieza legislativa consigna que la Ley 8 de 2017 (para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico), en su sección 6.3, dispuso que las agencias e instrumentalidades del gobierno evitarán al máximo mantener puestos transitorios.

Se establecé, además, que antes de que se recurra al reclutamiento externo en el gobierno central, la OATRH deberá verificar si dentro de la administración pública existe el recurso humano que pueda llevar a cabo las funciones donde exista la necesidad.

"Hoy en día existen empleados transitorios los cuales no han gozado de un trato justo dentro de las agencias de gobierno, según lo establece la Ley 8 de 2017. Esto es irónico, considerando que las clasificaciones que ocupan los empleados transitorios muchas veces son profesionales que requieren formación y adiestramiento especializado, a veces son de difícil reclutamiento y hasta se utilizan para ocupar posiciones gerenciales que envuelven supervisión de otros empleados", reza la medida.

Agrega que "esto ha creado una disparidad en el trato de los empleados con carácter temporal en el servicio público. A unos se les llama empleados irregulares, a otros por contrato, empleados transitorios y hasta transitorios permanentes, y sus condiciones de empleo son distintas. No hay justificación para mantener tal disparidad dentro de esta categoría de empleados. Además, hay que forzar a las agencias a ser diligentes en la creación o solicitud de creación de puestos, tan pronto se detecte que las funciones que desempeña un empleado con carácter temporal en realidad son de necesidad permanente".

En la sesión de hoy de la Cámara también se aprobó el proyecto del Senado 245, que enmienda la "Ley para atender la crisis económica, fiscal y presupuestaria para garantizar el funcionamiento del gobierno" y la "Ley Especial de sostenibilidad fiscal y operacional del gobierno".

La medida expone que las disposiciones relacionadas con el proceso del plan de pago de sentencias finales y firmes establecidas en ambos estatutos, no tiene que alegarse "como defensa afirmativa en reclamaciones judiciales, para evitar responder por la reclamación".

También establece que las disposiciones sobre los planes de pago a los que se acoja el Estado o los municipios para todo caso cuyos hechos ocurrieran antes de 1 de julio de 2021, mantendrán su vigencia y disposiciones por el tiempo establecido en el plan de pago, sin que pueda afectarse o invalidarse por haber expirado su vigencia al 30 de junio de 2021.