Apoyo a legislación para crear la Ley de Ciberseguridad para PR
El Proyecto de la Cámara 1530 recibió el voto unánime de la Comisión de Gobierno y pasa ahora a la consideración del pleno del cuerpo con informe positivo.
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes avaló un proyecto que propone crear una Ley de Ciberseguridad para Puerto Rico y crear el cargo de Principal Oficial de Seguridad Cibernética, que estaría adscrito al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS).
El Proyecto de la Cámara 1530 recibió el voto unánime de los miembros de la Comisión, y pasa ahora a la consideración del pleno del cuerpo con informe positivo.
El mismo propone “establecer como principio de Política Pública que proveer seguridad a los datos gubernamentales es esencial para apoyar los procesos de innovación y el fomentar desarrollo y crecimiento económico sostenible de todos los sectores en Puerto Rico”
La Implementación de esa política la deja en manos de PRITS, que será la responsable de “velar por la administración segura de los recursos de información e implementar las normas y procedimientos relativas a la seguridad de las tecnologías de la información a nivel gubernamental”.
Le asigna además ofrecer asesoramiento a las agencias del Gobierno, a la vez que actualiza y desarrolla las estrategias y planes de seguridad cibernética del Gobierno.
A las agencias les ordena la medida, que en colaboración con PRITS, desarrollen, documenten e implementen un programa de ciberseguridad. Este deberá incluir, como mínimo, todos los activos de información de la agencia, incluyendo servicios de informática provisto por terceros; una evaluación de riesgos de ciberseguridad que la agencia llevará a cabo por lo menos una vez al año, y una evaluación de vulnerabilidades de seguridad tanto interno como externo (“penetration test”) para validar la efectividad de los controles que la agencia haya implementado.
El Principal Oficial de Seguridad Cibernética que se propone sería nombrado por el Gobernador, su designación será por diez (10) años y estará sujeto al consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico.
Este será el encargado de establecer las medidas de seguridad adecuadas para evitar el acceso no autorizado, divulgación, uso, daño, degradación y destrucción de la información electrónica, sus sistemas e infraestructura crítica. También será responsable de “reducir el Riesgo, el impacto y el costo de los ciberataques al establecer un marco con requisitos mínimos de seguridad de las tecnologías de la información (TI), definir roles y responsabilidades y establecer los estándares para proteger la información”.
Trabajará en coordinación con PRITS, y con el personal que cada agencia designe para llevar a cabo tales funciones, en la confección y ejecución de las estrategias para proteger la información pública del Gobierno e implantar la política pública de ciberseguridad.
Mas poderes a Instituto de Estadísticas
La misma comisión votó de igual forma a favor de un proyecto que otorga mayores poderes al Instituto de Estadísticas para obtener fondos y donativos y para definir las cualificaciones del personal gubernamental que trabaje con la estadística de las distintas agencias.
El Proyecto de la Cámara 1448 enmienda varios Artículos de la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico. Entre estas autoriza dicha entidad a solicitar, aceptar y recibir donativos; y establece que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine.
Amplía igualmente la capacidad de compra de la Junta Directores de equipo materiales y servicios para sus operaciones.
Dispone además que esa Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes “la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, así como “clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto”.
La legislación, de aprobarse, le ordena al Gobernador incluir en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes del Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal. “De igual forma, entendemos necesario enmendar el Artículo 13 de la Ley 209- 2013, a los fines de ordenar a todo organismo gubernamental, los gobiernos municipales y las corporaciones públicas a hacer disponible a la ciudadanía para publicación en la página cibernética oficial del Instituto, toda la información financiera relacionada a su operación, en cumplimiento con la política pública de transparencia y apertura de información que debe permear en el Gobierno de Puerto Rico”, dice el proyecto en su exposición de motivos.
Eleva finalmente a rango de ley la iniciativa denominada “Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico” y establece un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto con la responsabilidad de recopilar datos o elaborar productos estadísticos en las unidades estadísticas de los organismos locales.
Vea:
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