Ausencia de licencia por paternidad en sector privado discrimina contra el hombre y la mujer
Según indicó el Colegio de Abogados de Puerto Rico al favorecer un proyecto de ley que busca dar esta concesión, al igual que una por maternidad subrogada.
La ausencia de una licencia por paternidad en el sector privado es discriminatorio en la opinión del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), por lo que entienden se debe dar paso al Proyecto del Senado 155, que busca garantizar esta licencia, al igual que una por maternidad subrogada.
El estado de derecho vigente establece que las madres en el sector privado, ya sea por parto o por adopción, tienen derecho a ocho semanas de licencia por maternidad bajo la Ley de Protección de Madres Obreras. Sin embargo, no existe ninguna disposición que le confiera al padre una licencia de paternidad ya sea por parto de su pareja o por adopción.
“El legislador tiene que demostrar un interés apremiante por esta discriminación de que a la representante le den ocho semanas y a usted (hombre) cero porque ella es mujer. No tiene una justificación lógica”, manifestó el licenciado Félix Bartolomei, integrante de la Comisión de Derecho Laboral del CAAPR.
El licenciado expuso que en el caso de los hombres que son empleados públicos, se le otorga un periodo de 15 días de licencia por el parto de su esposa y ocho semanas de licencia de paternidad cuando adoptan un hijo en solitario.
"Señalamos que, aunque en primera instancia el estado de Derecho pareciera ser un discrimen en contra del hombre al no proveérsele la licencia de paternidad, lo que está oculto es el discrimen indirecto contra la mujer. Es un trato discriminatorio contra la mujer toda vez que se mantienen la carga y los prejuicios sociales que sostienen que la mujer es la que cambia pañales, la que cuida y alimenta a los hijos", puntualizó el representante del CAAPR.
En cuanto a la licencia por maternidad subrogada, el CAAPR recomendó que el proyecto debe definir a quién exactamente se concede la licencia, si a la madre subrogada, es decir la mujer que presta su vientre, o a la madre que recibe al bebé al nacer.
Asimismo sugieren que la madre subrogada no debería ser beneficiaria de la licencia por maternidad más allá del tiempo totalmente necesario para recuperarse del efecto del parto en su cuerpo. Por esto, piensan que se le debería conceder por lo menos cuatro semanas y si por alguna complicación relacionada al embarazo se extiende su necesidad de tiempo de recuperación, con la correspondiente evidencia médica se le pueden activar hasta las 12 semanas sin paga que dispone la ley.
"Esta recomendación se basa en que esta empleada no es quien retiene al bebé luego del alumbramiento. Basamos esta posición en que parte de la licencia por maternidad se encuentra justificada en la necesidad de la madre de solidificar la relación con el o la recién nacida. Una vez la madre subrogada tiene al bebé el infante pasa a la madre que lo retendrá", explicó el licenciado en su ponencia.
Asociación de Industriales se oponen a la pieza
Por su parte, la Asociación de Industriales se opuso enérgicamente a la pieza, e incluso exhortó a la Comisión de Asuntos Laborales en la Cámara de Representantes a rechazar la medida, mediante la radiación de un informe negativo.
A esto, el presidente de la comisión, el representante Domingo Torres García, le pareció una intromisión a los trabajos de la Asamblea Legislativa.
“Con el mayor respeto creo que es una intromisión a la Asamblea Legislativa de nuestro país”, expresó el presidente de la Comisión de Asuntos Laborales. “Aquí lo que estamos buscando es una igualdad entre padres y madres, una igualdad de crianza, fomentar que haya natalidad en nuestro país… si no hay natalidad la Asociación de Industriales no va a existir”, puntualizó.
Torres García también cuestionó el hecho de que la Asociación de Industriales rechazó completamente sin tan siquiera ofrecer recomendaciones o propuestas.
“En el pasado hemos dado recomendaciones y han sido obviadas”, reaccionó la copresidenta del Comité de Asuntos Laborales y Recursos Humanos de la Asociación de Industriales, Georyanne Ríos.
Para la Asociación de Industriales, la aprobación de esta medida sería un "golpe severo" a los pequeños y medianos negocios en la isla.
"El análisis de esta legislación debe centrarse en si es o no el momento para incrementar tales licencias, si pueden o no los patronos seguir absorbiendo estos incrementos en costos operacionales y si esta legislación promueve o no la competitividad de Puerto Rico, en su marco regulatorio laboral. La clara contestación en la negativa a estas preguntas, representa razones meritorias para descartar la aprobación del Proyecto del Senado 155", reiteró Ríos.
La copresidenta del Comité de Asuntos Laborales y Recursos Humanos detalló que la Asociación se compone de un total de 1,200 socios, de los cuales son industrias de servicio que, a su entender, la mayoría son empresas con 50 empleados o menos. El presidente de la comisión cameral requirió que para el próximo viernes entregue un informe con los números específicos.
¿Qué busca la medida?
El Proyecto del Senado 155 establece que la licencia por paternidad tendrá la misma extensión que la licencia por maternidad paga por cuatro semanas antes del alumbramiento y un incremento de ocho semanas posterior. El empleado podrá optar por tomar una semana antes del alumbramiento y extender hasta 11 semanas luego la licencia por paternidad.
De igual forma, todo empleado que adopte un menor de edad preescolar tendrá derecho a los mismos beneficios de licencia de paternidad que goza una familia en donde se haya dado a luz.
El PS 155, de la autoría del senador José "Chaco" Vargas Vidot, ya fue aprobado en el Senado en octubre del 2021 con 22 votos a favor y cinco en contra.
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