Aprueban medida sobre tiempo de espera de menores para cualificar a libertad bajo palabra
Cambiaría cómo se calcula el tiempo que tiene que esperar un menor, procesado y sentenciado como adulto, para beneficiarse.
El Senado aprobó el Proyecto de la Cámara 467, medida que busca cambiar el cálculo de consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra para menores procesados como adultos a uno más favorable.
La medida de la autoría de los representantes Denis Márquez Lebrón, Orlando Aponte Rosario, José "Quiquito" Meléndez Ortiz y Mariana Nogales Molinelli fue aprobada con 22 votos a favor y uno en contra.
El pasado 26 de abril, la Comisión de lo Jurídico del Senado le otorgó a la pieza un informe positivo, con el aval del Departamento de Justicia, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Departamento de Familia y la propia Junta de Libertad Bajo Palabra.
"Sentenciar de por vida sin posibilidad de libertad bajo palabra a un menor es un castigo cruel e inusitado, porque la capacidad de los menores para decidir no incurrir en conducta delictiva está disminuida por la realidad biológica y social de que, antes de cumplir la mayoría de edad, ni el cerebro ni la capacidad cognoscitiva de una persona están plenamente desarrollados", reza la exposición de motivos de la pieza.
La medida enmienda la Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra para establecer que la persona convicta de asesinato en primer grado bajo el Código Penal podrá ser considerada para libertad bajo palabra al cumplir 35 años naturales de su sentencia, o 20 años naturales si se trata de un menor de edad procesado y sentenciado como adulto.
Otra de las enmiendas a la ley propone que las cláusulas de prohibiciones absolutas de libertad bajo palabra en los delitos de leyes penales especiales no serán aplicables al caso de menores juzgados y sentenciados como adultos.
La excepción al beneficio es cuando se trate del asesinato de un agente del orden público, un juez o un fiscal.
Ya que la medida fue aprobada en ambos cuerpos, ahora pasaría a enviarse a La Fortaleza para la aprobación del gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia.
Un proyecto similar, el Proyecto del Senado 437, que flexibiliza requisitos de libertad bajo palabra a confinados, fue aprobado en el Senado pero aún no ha sido llevado a votación en la Cámara de Representantes.
Lea también:
Senado aprobó hacer más flexible que asesinos y corruptos salgan en libertad bajo palabra
Rodríguez Veve asegura que el PS 437 tiene un fin rehabilitador y no punitivo
Tiene los votos medida que flexibiliza requisitos de libertad a confinados