Acoso callejero: Qué dice la medida y por qué Rodríguez Veve votó en contra
El proyecto del Senado 326 fue aprobado mayoritariamente.
Como un "absurdo legislativo", describió la senador del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve el Proyecto del Senado 326 que tipifica como delito penal el llamado acoso callejero.
El referido cuerpo aprobó la medida, de la autoría de la delegación del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), los senadores Ana Irma Rivera Lassén y Rafael Bernabe, con 24 votos a favor, un abstenido y uno en contra. El único voto en contra fue precisamente el de la senadora Rodríguez Veve.
La medida define que el acoso callejero "es una forma de violencia normalizada socialmente que afecta, en su inmensa mayoría, la libertad de las niñas, adolescentes y mujeres en todas sus diversidades".
Agrega que "es un tipo de violencia de género que se da de forma unidireccional, proviniendo regularmente de un desconocido, que abarca desde los piropos no deseados o los silbidos, hasta la persecución".
La medida añade el Artículo 135A a la Ley 146-2012, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”, para que lea como sigue: Toda persona que a propósito, o con conocimiento incurra en actos o gestos obscenos verbalizados, de improperios o piropos de naturaleza sexual a una tercera persona, en espacios públicos o cuasi públicos, y que mediante este comportamiento provoque una situación que resultase intimidatoria, degradante, hostil o humillante para la víctima, será sancionada con la obligación de asistir ocho (8) horas a un Taller de Sensibilización contra el Acoso Callejero y multa de cincuenta (50) dólares, o en la alternativa, ocho (8) horas de labor comunitaria que sustituya la multa".
Y define las conductas que se considerarán acoso callejero como: actos no verbales o verbales, gestos obscenos, jadeos, silbidos y cualquier sonido gutural de carácter sexual, así como también el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual alusivas al cuerpo, al acto sexual; además de abordajes intimidantes, exhibicionismo o masturbación, persecución a pie o en medios de transportación.
Pero a la senadora Rodríguez Veve le preocupa el alcance de la media, que encuentra contraria a derecho. Según dijo en un video colgado en su cuenta de Facebook, la medida deja la puerta abierta a que sea la interpretación de la "víctima" a cualquier sonido, la que establezca o no la conducta "ilegal".
"Con este nuevo delito, lo que se consideraría para que usted pueda ser encontrado culpable, no es la intención...sino cómo la alegada víctima se sintió e interpretó su conducta supuestamente de carácter sexual", explicó.
"Tendremos que tener cuidado de cómo y dónde pitamos. No vaya a ser que alguien interprete que se le está acosando por la forma en que usted haya pitado. Yo estoy de acuerdo con el propósito de fomentar el trato decoroso y respetuoso entre todas las personas, pero el mecanismo no puede ser una pieza legislativa retórica, contraria a derecho y que lleve las relaciones humanas al absurdo", agregó también.
La también abogada expuso que otro problema de la referida legislación es que también tipifica como delito "toda fotografía o video que usted tome donde salga el cuerpo de otra persona, o partes del cuerpo, vestido o desvestido, sin su consentimiento".
"¿Cuál es el problema con esto? Que el proyecto no define qué significa connotación sexual... Por lo tanto, para alguien pudiera tener connotación sexual una fotografía de su oreja, y ni hablar de las fotografías o videos tomados en la playa, donde abundan los cuerpos de otras personas", cuestionó de igual modo.
Al momento, aunque fue aprobada en el Senado, la Cámara no ha evaluado la medida.
Mira el video completo a continuación: