Senado aprueba medida que concede licencia de duelo gestacional a empleada que haya sufrido aborto
De igual manera se enmienda la licencia de paternidad a estos fines.
Cuando una mujer, una persona gestante o una pareja sufre un aborto, pasan por un proceso conocido como duelo gestacional. El Proyecto del Senado 489 - que fue aprobado por el Senado - otorga una licencia de duelo gestacional de dos semanas a toda persona que haya pasado por un aborto, incluyendo a la pareja.
"La presente Ley se aprueba con la clara intención de reconocer el impacto psicológico que tiene la pérdida de un embarazo, independientemente de que haya, o no, consecuencias físicas similares a las del parto y de la forma en que se geste", reza la exposición de motivos del PS 489.
La pieza legislativa enmienda la licencia de maternidad en el empleo para que la empleada que sufra un aborto pueda reclamar hasta un máximo de cuatro semanas de licencia de maternidad y dos semanas adicionales de licencia de duelo gestacional.
Sin embargo, para ser acreedora de las cuatro semanas de licencia de maternidad, el aborto debe ser de tal naturaleza que le produzca los mismos efectos fisiológicos que regularmente surgen como consecuencia del parto, de acuerdo al dictamen y certificación del médico que la atiende durante el aborto. Esto no aplicará a las dos semanas de la licencia de duelo gestacional, en cuyo caso se concederán con la mera notificación al patrono del documento médico que acredite la pérdida del embarazo.
Además, la licencia puede ser concedida a la persona empleada que se encuentre en un proceso de maternidad subrogada en caso de que se haya perdido el embarazo.
Mientras, la licencia de paternidad se enmienda para que también incluya la licencia de duelo gestacional, y será de dos semanas igualmente.
“Legislaciones como esta, son las que verdaderamente dan sentido a este recinto. Con esta medida buscamos la clara intención de reconocer el impacto psicológico y emocional que tiene la pérdida de un embarazo, independientemente de que haya, o no, consecuencias físicas similares a las del parto y de la forma en que se geste”, sentenció la autora de la medida, la senadora Migdalia González Arroyo en declaraciones escritas.
El PS 489 fue aprobado con 20 votos a favor, cinco en contra, un abstenido y un ausente. Los cinco senadores en contra fueron: Gregorio Matías Rosario, Henry Neumann Zayas, Migdalia Padilla Alvelo, Carmelo Ríos Santiago y Thomas Rivera Schatz.
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