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Legislatura

Versiones encontradas en medida que establece veredictos unánimes retroactivos

La única similitud entre ambos grupos es que estuvieron de acuerdo en atemperar las leyes a la jurisprudencia federal actual, según dispuesto en la resolución del Tribunal Supremo.

María M. Charbonier, representante por acumulación.

Foto: Nahira Montcourt

La retroactividad propuesta por el proyecto de ley que dispone que los veredictos de culpabilidad sean unánimes se topó con opiniones encontradas entre agencias públicas, abogados y entidades dedicadas a la defensa de imputados de delito.

Los grupos formaron parte de una vista pública ante la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes, presidida por María Milagros “Tata” Charbonier Laureano, que evalúa el Proyecto del Senado (PS) 1590 —que fue aprobado sin vistas públicas— y que contiene la orden de revisión de veredictos.

La Cámara de Representantes aprobó su propia versión de la medida, el PC 2476 presentado por Charbonier Laureano, pero la versión que tendría primacía sería la del Senado, presentada por el presidente de ese cuerpo legislativo, Thomas Rivera Schatz.

El proyecto de ley responde a un veredicto del Tribunal Supremo de Estados Unidos y la interpretación de aplicabilidad en la Isla, según el Tribunal Supremo local, en que se determinó que los derechos de un acusado por delito grave en juicio por jurado incluyen que el veredicto en su contra tiene que ser unánime.

La opinión de los tribunales estuvo dirigida a casos pendientes y no fue concluyente en cuanto a los casos finales y firmes. Sin embargo, las medidas ante la consideración de la legislatura proponen que también sea aplicable de forma retroactiva a los casos ya resueltos.

Charbonier Laureano dejó claro que su postura se basa en que no sería justo aplicar derechos de forma selectiva, por lo que estaba de acuerdo y entre las facultades legislativas atender la retroactividad, en aras de extender el derecho a todas las personas a quienes se le pueda aplicar. La representante desconoce si la medida cuenta con el aval de la gobernadora, Wanda Vázquez Garced, y reiteró que el proyecto de ley cuenta con los votos para ser aprobada nuevamente por ambos cuerpos legislativos.

La propuesta de retroactividad fue rechazada por el Departamento de Justicia, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la Asociación de Fiscales de Puerto Rico, al coincidir en que la medida no sería en beneficio del sistema jurídico ni de las víctimas de delito.

Sin embargo, fue avalada por la Sociedad de Asistencia Legal, la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana y un grupo de abogados de defensa, liderados por Harry Padilla Martínez, quienes recalcaron que es una determinación de justicia para los acusados y los convictos.

La única similitud entre ambos grupos es que estuvieron de acuerdo en atemperar las leyes a la jurisprudencia federal actual, según dispuesto en la resolución del Tribunal Supremo.

Va en contra de las víctimas y fiscales

“El aplicar una nueva norma procesal en casos finales y firmes, completados en cumplimiento con las reglas procesales aplicables al momento de la convicción, es una medida draconiana que de ninguna forma abona al balance de la justicia”, aseguró la secretaria de Justicia, Dennise Longo Quiñones.

El empleo de la palabra draconiana incomodó a Charbonier Laureano, por lo que la Secretaria describió que, aunque la Asamblea Legislativa tiene la potestad de legislar, la medida busca arreglar un problema que no existe. “Aquí ya el ministerio público cumplió procesalmente en llevar ese caso y se pretende borrar todo ese proceso sin que se alegue una deficiencia en el proceso ni que se alegue que esa persona tiene evidencia. Es por la mera habilidad de legislar. Es por eso que entendemos que es draconiana”, explicó Longo Quiñones.

Charbonier Laureano respondió que “el concepto draconiano es un concepto severo para juzgar lo que estamos haciendo aquí. Usted tiene su opinión y la respetamos, los fiscales tienen una posición, pero todos tenemos que tratarnos con respeto”.

Justicia ha contabilizado 133 casos a los que le sería aplicable la determinación del Tribunal Supremo, de los cuales 53 están bajo apelación directa. El área criminal de la agencia cuenta con un presupuesto de $41 millones y con 235 fiscales para toda la Isla, más de cien por debajo de lo requerido por la ley orgánica de la agencia.

La funcionaria sometió una ponencia de 18 páginas, en la que recalcó que el PS 1590 no va acorde al derecho constitucional aplicable y no debe inmiscuirse en las sentencias finales y firmes, porque si lo hace perjudicaría la estabilidad judicial y no protege los derechos de las víctimas de delito.

Ante preguntas de Charbonier Laureano, la funcionaria advirtió que la retroactividad abriría la puerta a afectar todos los procesamientos, incluso los de no culpabilidad a partir de un veredicto por mayoría.

Charbonier Laureano, en un aparte con la prensa, insistió en que no aplicaría a la no culpabilidad porque, constitucionalmente, las personas se presumen inocentes hasta que se prueba lo contrario.

“El imputado está en desbalance total ante el Estado. Me sorprendió el planteamiento de la Secretaria de que tiene que haber unanimidad por culpabilidad y no culpabilidad. Es el Estado quien tiene que probar su caso, está en la Constitución. Por eso la presunción de inocencia, por eso es el derecho a un abogado, por eso es el derecho a un juicio justo e imparcial. Todo ese andamiaje se crea porque es el Estado contra el ciudadano. Eso hay que respetarlo”,

Longo Quiñones aludió a la sección 1 de la Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico y sus disposiciones más abarcadoras que la Constitución de los Estados Unidos, al indicar que las víctimas merecen un trato digno y compasivo por parte de abogados, fiscales, jueces y demás funcionarios, así como la protección del juez contra ataques y abusos a su dignidad y su honra.

Con la aprobación de esta medida, Longo Quiñones declaró que a las víctimas que ya han sido llamadas a testificar se les obligaría a “revivir su suplicio mediante procesos de testimonio adversativo donde se les confronta y ataca emocionalmente para validar su credibilidad”.

La OPM, por su parte, también instó a la legislatura a evaluar el efecto en las víctimas, pues algunas temen por su seguridad ante la excarcelación de sus victimarios y otras quedarán sin la oportunidad de obtener justicia por el agravio padecido.

La licenciada Alba Reyes Santos utilizó su experiencia como ejemplo para oponerse a la retroactividad, al señalar que, “si el propósito de los juicios por jurado es que los pares (ciudadanos) en la comunidad juzguen los hechos y si dicha conducta se adhiere a los principios y valores de una sociedad en el tiempo, la reapertura de convicciones finales y firmes menosprecia las determinaciones que ya nuestros conciudadanos puertorriqueños hicieron en el pasado”.

Reyes Santos fue testigo en el juicio contra uno de los asesinos de su madre Elena Santos, quien veía televisión en la sala de su hogar en Cidra cuando una lluvia de balas cegó su vida el 3 junio de 2016. Tres aún no han sido procesados por estar vinculados en la disputa vecinal que desembocó en el crimen. La licenciada relató en su ponencia que tuvo que contratar seguridad privada y huir de Puerto Rico con su padre porque su integridad física y emocional estaban comprometidas.

Por otro lado, la Asociación de Fiscales fue enfática en que la opinión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos aplica únicamente a los casos pendientes o en revisión directa en el que el acusado o convicto haya sido juzgado por un jurado que haya emitido un veredicto por mayoría.

Al igual que Justicia, la entidad argumentó que las víctimas de delito serían ‘revictimizadas’ con la aprobación de este proyecto de ley, al ser obligadas a confrontar el mismo proceso por una segunda ocasión. El remedio propuesto en la medida legislativa es que en lugar de comparecer físicamente para presentar el testimonio nuevamente, se pueda reproducir una grabación en caso de que el testigo no se encuentre disponible, lo que fue igualmente cuestionado por la entidad.

Según la Asociación de Fiscales, no es lo mismo que el jurado escuche al testigo en corte abierta a que escuche una grabación. Eso tampoco sitúa al Ministerio Público en las mismas circunstancias que tuvo disponible en el momento de lograr una convicción y que tendría con la prueba presente en el nuevo juicio.

“Las enmiendas que se proponen, en cuanto retrotraen la unanimidad del jurado a todo caso final y firme, no crea estabilidad jurídica, crea desasosiego en las víctimas y coloca una carga sumamente onerosa al Ministerio Público, tanto económica, como moral, al tener que poner a escoger a la víctima entre relitigar su caso y reabrir un capítulo cerrado, o permitir que su victimario no cumpla con su deuda con la sociedad por sus delitos”, declararon las fiscales Jessika Correa González y Lizette Sánchez Vázquez.

Voces de aprobación

En el caso de la Sociedad de Asistencia Legal, la entidad no mostró ningún reparo a la aprobación del proyecto de ley tal como fue presentado, en aras de proveer “mayores garantías constitucionales a los ciudadanos”.

En su ponencia, su director ejecutivo Félix Vélez Alejandro esbozó que el asunto de la retroactividad fue atendida en una nota al calce del caso impulsado por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, además de que las retroactividades procesales deben ser pautadas por las jurisdicciones como estimen necesario, según el caso Pueblo v. Torres Rivera.

“Aprovechamos la oportunidad para refutar argumentos que se han esgrimido públicamente sobre el alegado impacto que tendría la retroactividad de esta norma ante los tribunales. Entre los argumentos se destaca la no disponibilidad de testigos en los casos donde se ordene un nuevo juicio. Destacamos que las reglas de evidencia y la jurisprudencia interpretativa dan alternativa y resuelven las preocupaciones manifestadas”, justificó Vélez Alejandro.

Del mismo modo, la aprobación de la medida tendría el efecto de dejar atrás una “bochornosa página en la historia del proceso penal puertorriqueño”, según Julio Fontanet Maldonado, director fundador del Proyecto Inocencia de Puerto Rico de la Escuela de Derecho de la Inter.

El abogado y la directora de legislación de la organización, Vanessa Mullet Sánchez, presentaron una ponencia a favor de la medida, al recordar que el juicio por jurado fue establecido mediante legislación en 1901 y requería unanimidad hasta el 1948.

No obstante, entre el 1948 y el 1952 se realizaron cambios al ordenamiento jurídico para perseguir y condenar a personas por razones ideológicas. En esa línea, expresaron, no se quería que los “disidentes” se filtraran entre el jurado y obstaculizaran la voluntad de la mayoría política del momento, por lo que se permitieron los veredictos por mayoría.

Fontanet y Mullet Sánchez desmintieron que la aprobación de la medida resultaría en la exoneración de miles de personas y una avalancha de nuevos juicios, porque solo estiman que se aplicaría a un dos por ciento de las condenas.

“Pero incluso, aunque fueran muchas, ¿ello rendiría el veredicto por mayoría ilegal o menos constitucional de una ley o actuación atendiendo estrictamente a la cantidad de personas que podría afectar? Es decir, si la norma de unanimidad afecta a poquitas personas, ¿entonces el veredicto por mayoría es inconstitucional, pero si afecta a muchas personas o resulta muy caro para el Estado deja de ser inconstitucional?”, cuestionaron.

Padilla Martínez, por su parte, suscribió una ponencia a favor de la aprobación de la medida junto a los también abogados de defensa Leonardo Aldridge, José Andreu Fuentes, Pablo Colón Santiago, Oscar Miranda y Fontanet Maldonado.

El conjunto de licenciados planteó que la retroactividad aplicable a casos finales y firmes debe brindarse solamente a los convictos que actualmente están confinados en una institución penal, extinguiendo su sentencia.

“Es un acto de humanidad. Choca con la conciencia tener a una persona cumpliendo una sentencia, la cual está cimentada en que se le negó un derecho fundamental”, según expresaron.

Parte de este grupo elaboró y presentó la medida junto a Rivera Schatz.

En las afueras del Capitolio, más de una veintena de personas, entre ellos fiscales, protestaron con pancartas la aprobación del PS 1590.

Periodista que cubre temas de gobierno, tribunales y política. También le interesan los deportes, las películas y la música. Es exalumna de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.