Resurgen propuestas para regular el cabildeo
El representante popular Jesús Manuel Ortiz está confiado en que este cuatrienio se pueda aprobar una ley regulatoria del cabildeo que se ha presentado varias veces, pero nunca aprobado.
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes mantiene bajo consideración activa un proyecto que crearía por ley un Registro de Cabilderos del Gobierno de Puerto Rico para regular la práctica del cabildeo en las ramas Ejecutiva y Legislativa.
La regulación está dirigida a darle publicidad a quién está cabildeando a favor de quién y para proveer penalidades a los que incumplan, pero le faltan varios ajustes que surgieron en la primera vista pública sobre la medida, celebrada el 10 de febrero pasado.
Desde el 1993, se han presentado 19 proyectos similares al P de la C 31, de la autoría del presidente cameral, Rafael Hernández Montañez y el expresidente Carlos Méndez Núñez. De hecho, Méndez Núñez presentó un proyecto análogo el cuatrienio pasado que, a pesar de ser un proyecto del presidente, no se convirtió en ley.
La medida obligaría a los cabilderos a registrarse pagando una tarifa de $100 y dispone sobre las actividades que se permiten como cabildeo.
El presidente de la Comisión de Gobierno, Jesús Manuel Ortiz, dijo que el proyecto es una prioridad suya y se mostró confiado en que en esta ocasión llegue a ser aprobado porque “los incidentes de tiempos recientes deberían ser una razón más que suficiente para que entendamos que debemos crear legislación para cerrar cualquier posibilidad de corrupción”, aunque reconoció la preocupación que representa para que se convierta en ley el hecho de que el gobernador Pedro Pierluisi tiene en su círculo familiar a por lo menos un cabildero, su cuñado.
Actualmente, tanto las cámaras legislativas como el Departamento de Justicia mantienen registros de cabilderos que existen, respectivamente, mediante órdenes administrativas y mediante una orden ejecutiva de 2019, pero el proyecto elevaría el registro a ley e incorporaría penalidades criminales por incumplimiento.
La vista pública contó con ponencias de los departamentos de Estado, Justicia y la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), pero Ortiz indicó que se han pedido comentarios adicionales a Justicia, al Servicio de Innovación y Tecnología (PRITS, por sus siglas en inglés) y a grupos dedicados al cabildeo por las preocupaciones que se plantearon.
“No quiero criminalizar la profesión de cabilderos, no es la idea, pero hay que controlar y tener una certeza para que la gente tenga confianza”, dijo Ortiz al reconocer que la medida todavía está abierta a discusión y va a estar sujeta a una sesión de enmiendas (“mark up”) el nuevo proceso que dispone el Reglamento de la Cámara para que las enmiendas a un proyecto también se discutan en público.
El representante del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Denis Márquez Lebrón, apuntó que la medida parece reconocer que los cabilderos pueden actuar en trámites que se supone que no estén sujetas a cabildeo como, por ejemplo, los procesos de reglamentación, otorgación de permiso y de licencia que se supone responden a procesos específicos dictados en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme o a requisitos especificados en ley y reglamentos que, o se cumplen o no. “No puede existir en el ámbito gubernamental un proceso de cabildeo para actividades que están reglamentadas y que si se violentan… pueden estar en violación al Código Penal, como influencia indebida, o a la Ley de Ética Gubernamental”, dijo el representante durante la vista.
Otras áreas del proyecto abiertas a discusión son una delimitación más precisa entre la persona que ejerce el cabildeo como una actividad profesional, remunerada, y las comunidades y activistas que pueden abogar ante la Legislatura o el Ejecutivo por asuntos específicos que les afectan directamente sin que sean representantes remunerados de alguna otra persona o entidad; y las consecuencias que puede haber si una agencia toma una decisión en la que mediaron cabilderos no registrados.
En su ponencia, la OEG recomendó que la obligación del cabildero de registrarse no sea hasta 30 días después de hacer el cabildeo, sino que sea antes de realizar cualquier actividad de cabildeo; prohibir la inscripción en el registro a aquellos cabilderos que anteriormente hayan incumplido con el registro; y desarrollar un Código de Ética de cabilderos con la obligación de que tengan que tomar un curso, como el que provee la OEG sobre el tema.
Estado, que sería la entidad que manejaría el registro si la medida se convierte en ley, estuvo de acuerdo con la medida excepto por algunos planteamientos técnicos que PRITS debe atender y Justicia recomendó que se incluya a los municipios.
La fiscal Thaizza Rodríguez, ayudante especial del Secretario de Justicia que actualmente tiene a su cargo el Registro de Cabilderos de la agencia, dijo que del 2019 al presente se han registrado 24 personas o entidades y que para el 2021 no han ocurrido registros nuevos todavía pero han tenido llamadas de personas que quieren orientación para registrarse.
El representante Ortiz comentó que este proyecto del Registro de Cabilderos va de la mano con otra medida de autoría suya y del representante del Movimiento Victoria Ciudadana, José Bernardo Márquez, para atacar la “puerta giratoria” en el gobierno (P de la C 508) prohibiendo que los legisladores, gobernadores, secretarios, subsecretarios, jefes, subjefes, directores o subdirectores de agencias puedan fungir como cabilderos durante los cuatro años siguientes al término para el cual fueron electos o nombrados, y para aumentar a dos años la prohibición de la Ley de Ética para que exfuncionarios puedan tener un cargo en entidades privadas sobre las cuales hayan ejercido actos oficiales durante su tiempo en el gobierno, entre otros.
Ese proyecto está a cargo de la Comisión Anticorrupción del representante Héctor Ferrer.
Para ver el Registro de Cabilderos del Senado, pulse aquí.
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Para ver el Registro de Cabilderos del Departamento de Justicia, pulse aquí.
Para ver el proyecto sobre Registro de Cabilderos, pulse aquí.
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