Aprueban plazo de 24 horas a quienes tengan luces de su vehículo fundidas
Si la persona no corrige la situación en el término establecido, se le adjudicará la multa correspondiente de $50.
La Cámara de Representantes le dio paso a una medida que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito para que se conceda un plazo de 24 horas al conductor que tenga una luz fundida en su vehículo.
Esto para que tenga el espacio de cambiarla y evite así una multa de $50.
El Senado, en su pasada sesión del lunes, también había aprobado una medida que daría descuentos en las multas de tránsito.
El Proyecto de la Cámara 1913 es del representante Joel Sánchez Ayala y había sido radicado el pasado 25 de octubre.
Actualmente, en la Ley 22-2000, establece que cuando “una infracción consistiese en tener fundida una de las luces delanteras, traseras, direccionales o la luz que alumbra la tablilla posterior de un vehículo de motor, estará sujeto a una multa”.
La medida destaca que la razón para dar un plazo de 24 horas al conductor, es porque se debe ser "empático", ya que en ocasiones no se percatan de que están con la luces fundidas.
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Si la persona no corrige la situación en el término establecido, se le adjudicará la multa correspondiente de $50.
El P de la C 1913 tuvo un informe positivo el pasado 8 de mayo por parte de la Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas que preside Gretchen Hau.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) había sometido comentarios avalando la medida, así como el Departamento de Seguridad Pública.
La votación cerró con 42 votos a favor.
Aprueban otras enmiendas a la Ley de Vehículos y Tránsito
Una medida del representante y portavoz de la Cámara, Angel Matos García, también fue aprobada para que se lleve a cabo de forma obligatoria una inspección periódica a los vehículos de motor nuevos a partir de que tengan cinco años de fabricados.
El Proyecto de la Cámara 1876 había sido radicado el pasado 28 de septiembre y luego fue referido a la Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas.
La ley vigente dispone que las inspecciones serán obligatorias para vehículos que tengan más de dos años de fabricados.
De acuerdo con la exposición de motivos, las inspecciones periódicas de vehículos de motor se llevan a cabo para garantizar que los vehículos se encuentran en buen estado mecánico y para que no sea una amenaza para la seguridad pública. Así como asegurar que se cumplen con regulaciones locales y federales para mitigar daños ambientales.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) sometió comentarios en contra de esta aprobación, al igual que las Estaciones Oficiales de Inspección Unidas de Puerto Rico (EOIUPR) ya que la seguridad vial está en manos de los centros de inspección y lo correcto serían inspecciones anuales.
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La votación cerró con 42 votos a favor.
La Cámara recesó hasta el próximo martes.