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Legislatura

Justicia y Tribunales apoyan medida acelera vistas en alzada por Ley 54

Pero proponen que el plazo sea no mayor de tres días.

El secretario de Justicia, Domingo Emanuellli.
Foto: Luis Alberto Lopez

Legislación senatorial que busca reducir el tiempo para solicitar y celebrar una vista de causa probable en alzada en casos bajo la Ley Núm. 54 recibió el apoyo condicionado del Departamento de Justicia y de la Administración de los Tribunales.

El Proyecto del Senado 1402 fue objeto de vistas públicas este lunes por la Comisión de Asuntos de las Mujeres del Senado.

A las mismas acudió el secretario de Justicia (DJ), Domingo Emanuelli, que endosó el Proyecto con algunas recomendaciones o enmiendas.

“Puntualizamos que estamos a favor de toda propuesta legislativa que busque proveer más y mejores mecanismos de protección a favor de las víctimas de violencia doméstica en Puerto Rio. Así pues, concurrimos con la intención del proyecto de dirigir esfuerzos hacia ese objetivo”, expresó Emanuelli.

El secretario advirtió, sin embargo, que la propuesta, tal y como está, podría resultar muy restrictiva. “Estimamos que la propuesta, según presentada en el proyecto, estableciendo un término de 24 horas para solicitar y celebrar una vista de causa probable en alzada podría ser demasiado restrictivo en algunas instancias”.

La jefa de los fiscales de Justicia, Jéssika Correa, abundó en la objeción y sostuvo que el término de 24 horas podría presentar una serie de retos y dificultades al momento de comunicarse con el testigo y poder citarlo para que comparezca a la vista en alzada a tiempo.

“Si por alguna razón no se logra comunicación con el testigo adicional o el testigo no puede comparecer en tan corto tiempo, se podría frustrar la intención de agilizar los procesos criminales de violencia doméstica”, agregó Emanuelli.

El Departamento de Justicia propuso que se disponga un periodo mayor a esas 24 horas. La fiscal Correa manifestó que “nos parece más adecuado que cuando se determine que no existe causa probable para arresto o se determine cusa probable para arresto por un delito inferior o distinto al imputado, la celebración de la vista en alzada sea en un término que no exceda de tres días laborables desde solicitada la vista. Asimismo, recomendamos que dicho término de tres días laborables aplique independientemente de si el Ministerio Público solicitó la vista en alzada en sala o mediante moción”.

En representación de la Administración de los Tribunales acudieron Giselle Rosa González y Danira Muñiz, de la Oficina de Legislación y Reglamento. La posición de la agencia fue que el Poder Judicial ha adoptado medidas administrativas para uniformar los procesos aplicables a los casos en los que se imputa la comisión de delitos tipificados bajo la Ley 54.

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“Recientemente, los jueces administradores y las juezas administradoras de las 13 regiones judiciales implementaron de manera coordinada con la Oficina de Administración de los Tribunales, órdenes administrativas para uniformar los procesos administrativos aplicables a la celebración de las vistas de determinación de causa probable para arresto en alzada cuando se imputa la comisión de un delito al amparo de la Ley 54”, señalaron.

“Entre las directrices incluidas se dispone que, si el Ministerio Público solicita en sala una vista de causa probable para arresto en alzada bajo la Regla 6(c) de Procedimiento Criminal, el tribunal pautará Ia vista en alzada para una fecha que no exceda de tres días laborables”, dijo Rosa González como parte de su ponencia.

Asimismo, explicó, se citará una audiencia para una fecha que no exceda los tres días laborables “en los casos en que el Ministerio Público solicite al tribunal una vista de Regla 6 en alzada mediante la presentación de una moción”.

Muñiz agregó que "el plazo de tres días laborables establecido para realizar la audiencia en alzada toma en consideración la posibilidad de que cualquiera de las partes que comparece a esta audiencia pudiera requerir un espacio de tiempo razonable para prepararse, sobre todo ante el hecho de que el Ministerio Público podría optar por presentar prueba diferente a la utilizada en la vista original, para la cual podría necesitar entrevistar o citar testigos distintos a los que declararon durante la Regla 6”.

La Secretaria de Desarrollo Humano del Municipio de Caguas, Aida González, dijo por su parte que la Oficina de la Mujer trabaja entre 15 y 20 casos de violencia de género diariamente.

“En la oficina, a las mujeres que llegan con alguna situación, les brindamos orientación y seguimiento. Igualmente, si deciden acudir al tribunal nuestro personal les brinda asistencia…Con nuestra experiencia, entendemos que el término de 24 horas es muy corto y no da el tiempo para la preparación. Recomendamos que el término de tres días se acoja, no como parte de una orden administrativa sino que se considere como parte de la ley vigente”.

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