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Legislatura

A discusión medida que prohibiría el corte de agua en condominios

Por falta de pago en las cuotas de mantenimiento.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1190 del fenecido representante José Aníbal Díaz Collazo.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

La dirección de la Cámara de Representantes ha incluido en su Calendario de Órdenes Especiales de la primera sesión del año un proyecto de ley que prohibiría a las asociaciones de condómines cortar los servicios de agua potable y energía eléctrica por falta de pago de mantenimiento.

El servicio de energía eléctrica estaría protegido solo si se demuestra que es esencial para el sostenimiento de la vida o el mantenimiento de una condición de salud.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1190 del fenecido representante José Aníbal Díaz Collazo.

La pieza legislativa enmienda la Ley de Condominios para también consignar que no se podrán hacer interrupciones de servicio de energía durante los fines de semana.

El corte de servicio de energía tiene que ser avisado con al menos 15 días de anticipación y la Junta de Directores tiene que ofrecer al residente un plan de pago “razonable y con el cual el titular pueda cumplir”.

Si se incumpliera con el plan de pago, entonces se podrá proceder, solo con el corte de energía eléctrica sin previo aviso.

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La pieza legislativa también enmienda la Ley de Condominio para que titulares que adeuden multas de más de 60 días puedan ejercer su derecho al voto en reuniones de junta “si estos demuestran que han presentado oportunamente una reclamación ante los foros con jurisdicción”.

Igualmente enmienda la ley para obligar a las Junta de Condómines a aceptar pagos parciales de cuotas si se puede probar que el incumplimiento se debe a la muerte de un familiar, a que el titular sufre una enfermedad incapacitante, la pérdida repentina del empleo, un divorcio “y cualquier otro que pueda trastocar permanente o temporalmente las finanzas del hogar”.

La Asociación de Titulares de Condominios avaló la medida al señalar que el acceso al agua como a la electricidad son un derecho fundamental que no debe restringirse por falta de pago.

“Se han dado casos en los que inquilinos que no pagan sus cuotas de administración y mantenimiento han sido privados injustamente de dichos servicios sin considerar sus circunstancias individuales”, reza el informe positivo de la medida.

“La organización también señaló que los Administradores y Juntas de Directores rutinariamente utilizan su poder para restringir o privar a los titulares del acceso al agua y la electricidad por falta de pago de las cuotas o multas impuestas por dicho organismo, a la vez que silencian la disidencia de los afectados o incluso de aquellos que critican la administración de las instalaciones”, lee el informe.

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Graduado de la Universidad de Sagrado Corazón, cuenta con sobre 25 años de experiencia en el periodismo, cubriendo deportes, infraestructura, seguridad, tribunales y la Legislatura. Inició su carrera en El Nuevo Día y trabaja con Noticel como editor desde agosto del 2023.