Radican medida que criminaliza actos asociados a la comunidad transgénero
La pieza legislativa es de la autoría de la representante Lisie Burgos, de Proyecto Dignidad
La representante de Proyecto Dignidad, Lisie Burgos, ha presentado un proyecto que enmienda el Código Penal para convertir ciertos actos asociados a la comunidad transgénero en delito.
La legisladora de primer turno hizo la propuesta a través del Proyecto de la Cámara 1821, con que propone añadir un artículo nuevo al Código Penal llamado Exposiciones Obscenas frente a Menores. Este artículo se dividiría en cuatro: definición, penas, aplicación a personas jurídicas que reciban fondos federales y aplicación a instituciones educativas primarias y secundarias.
Miembros de Proyecto Dignidad han llevado una campaña dirigida a condenar actividades públicas de la comunidad transgénero, como una reciente en que transformistas le leyeron cuentos a niños y niñas.
Quien viole el artículo propuesto, lee el proyecto, se expondría a una pena de $5,000 o una pena carcelaria de hasta tres años. Si la persona convicta se tratara de una persona jurídica se aplicaría una multa de $10,000 por una primera ofensa y $25,000 por violaciones subsiguientes.
Además, dispone el proyecto que cualquier entidad que reciba fondos gubernamentales los perdería prospectivamente si viola el nuevo artículo. En el caso de instituciones educativas, extiende la prohibición y dispone que cualquier maestro, director escolar o empleados que “participe, promocione, y/u organice exposiciones obscenas frente a menores se expondrá a pena de multa de hasta $5,000 o pena de reclusión por un término fijo de tres años”.
El artículo propuesto leería de la siguiente manera: “comprende una actuación grotesca dirigida a apelar el interés lascivo, interés morboso en la desnudez, sexualidad o funciones fisiológicas en una forma patentemente ofensiva, representa o describe conducta sexual, que incluye, pero sin limitarse a mostrar genitales masculinos o femeninos, mostrar objetos o juguetes sexuales que simulen los senos femeninos, la vulva, la vagina, el pene, el ano o que, simulen actos sexuales tales como, pero sin limitarse a un acto orogenital o una penetración sexual vaginal o anal ya sea esta genital, digital, instrumental o masturbación, removerse la vestimenta con fines de crear un interés erótico y despertar las pasiones sexuales, personificar al sexo masculino o femenino con vestimenta alusiva al sexo masculino o femenino, sin limitarse a la utilización de pelucas, máscaras o maquillaje grotesco en un establecimiento, facilidad abierta o cerrada, pública o privada, restaurante, teatro, vía pública o toda propiedad donde se realicen actividades artísticas o que brinden entretenimiento infantil o familiar”.
En la Exposición de Motivos de la medida se indica que el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha resuelto lo que se considera obsceno y que no está protegido por la Primera Enmienda de la Constitución de ese país. Burgos añade que este tribunal ha definido lo que se considera como material obsceno y se trata de aquel que está dirigido a los intereses más lascivos de una persona corriente, debe ilustrar o describir una conducta sexual de forma “patentemente ofensiva” y visto como un todo y debe carecer de serio valor literario, artístico, político o científico.
“Nos preocupa enormemente que, existiendo restricciones estatales y federales en los medios de comunicación, nuestra niñez se encuentre amenazada por exposiciones obscenas en los parques, las calles, los restaurantes u otro lugar abierto al público en general. En Puerto Rico, existen medidas en pro del bienestar y protección de los menores en temas relacionados al contenido sexual. Por tanto, esta Asamblea Legislativa tiene el deber ministerial de continuar extendiendo protecciones en pro de una niñez libre, sana y protegida”, lee la medida radicada ayer.
Ínaru Nadia de la Fuente Díaz, Activista No-binarie de La Sombrilla Cuir, condenó el contenido de la medida.
“Esta ley evidentemente responde a las agendas de los sectores fundamentalistas de Puerto Rico con censurar y limitar los derechos de las personas LGBTTIQAP+, en específico lo de las personas trans y no-binarias. Estos sectores han asumido el discurso de los ultraderechistas estadounidenses, quienes ya han logrado pasar leyes en Florida y Texas y cuyo interés es el de sacar a las personas transgénero y no-binarias de las calles. Este tipo de ley afecta desmedidamente a las personas trans, quienes a diario utilizan vestimenta considerada del "sexo opuesto". Es inconcebible pensar que legisladores en Puerto Rico presenten abiertamente legislaciones tan discriminatorias hacia un sector tan oprimido históricamente”, sostuvo.
Por su parte, el activista de derechos humanos, Pedro Julio Serrano, rechazó el proyecto al sostener que busca criminalizar el transformismo.
"La representante del Proyecto Indignidad no sabe qué más inventarse para intentar demonizar, degradar y deshumanizar a la comunidad LGBTQ+. Lo irónico es que tratando de atacar a las personas LGBTQ+, este proyecto tendría el efecto de criminalizar a personas como Kobbo Santarrosa, que se esconde detrás de La Comay. Así de amplia, disparatada y peligrosa es esta medida", aseveró Serrano en declaraciones escritas.
El portavoz de Puerto Rico Para Todes catalogó de inconstitucional al Proyecto de la Cámara 1821 y expresó que ni tan siquiera debe ser considerado por la Legislatura.
"Medidas tan absurdas como ésta han sido declaradas inconstitucionales en otros estados, pues violan el derecho a la libre expresión, a la libre asociación y hasta al derecho amplio a la libertad cobijados bajo las Constituciones de Estados Unidos y Puerto Rico. Basta ya de utilizar a las personas LGBTQ+ como chivos expiatorios en su agenda de división, odio y exclusión", concluyó Serrano.
Aquí el proyecto: