Senado aprueba medida para permitir retirar hasta $40,000 de IRA para equipos solares y carros eléctricos
El proyecto 962 enmienda el Código de Rentas Internas, lo mismo que otro aprobado ayer: el 1115, que exime del pago de contribución sobre ingresos los salarios que se les paguen retroactivamente a los empleados civiles de la Policía.
El Senado aprobó dos informes positivos de comités de conferencia relacionados a medidas que buscan enmendar el Código de Rentas Internas: una que permite retirar hasta $40,000 de de cuentas individuales de retiro (IRA) para equipos solares y carros eléctricos, así como otra que beneficia a los empleados civiles de la Policía.
El primero de ellos, el proyecto del Senado del Senado 962, tiene como propósito enmendar las varias secciones de la Ley 1 de 2011 (Código de Rentas Internas), a los fines de permitir a la ciudadanía retirar hasta $40,000 dólares de cuentas individuales de retiro (IRA) o fideicomisos de empleados, sin penalidad contributiva alguna para la adquisición de equipos solares eléctricos y vehículos impulsados por energía eléctrica o combinada.
Según la exposición de motivos de la pieza legislativa, en Puerto Rico hay más de $3,339 millones de dólares en cuentas IRA y "sólo una fracción de estos fondos destinados por las familias y dueños de negocios para la compra de equipos solares eléctricos y vehículos impulsados por energía alterna o combinada pudiera representar cientos de millones en inversión en generación eléctrica y transportación limpia, no dependiente de combustibles fósiles".
Se detalla que "hasta $40,000 dólares o 33% del balance acumulado en el fideicomiso, lo que sea menor, que sean distribuidos estarán excluidos de la definición de ingreso bruto".
Para determinar la cantidad excluida, "se sumarán las cantidades distribuidas, ya sea por uno o varios planes de retiro, a las cantidades distribuidas ya sea por una o varias cuentas IRA. Este retiro de dinero podrá llevarse a cabo una vez cada diez 10 años".
En cuanto al proyecto del Senado 1115, agrega un inciso a una sección del Código de Rentas Internas con el objetivo de eximir del pago de contribución sobre ingresos los salarios que se les paguen retroactivamente a los empleados civiles de la Policía de Puerto Rico, por concepto de los aumentos salariales otorgados en virtud de la Ley 164 de 2003, y cualquier otro ingreso que se genere por promociones posteriores de acuerdo a las escalas salariales y que aún se adeuden.