Senado da paso a proyecto para "no dejar al cabro velando las lechugas"
El proyecto del Senado 1017 enmienda la “Ley de Alianzas Público Privadas” para restringir la participación de funcionarios del gobierno en este tipo de contratos.
El Senado aprobó en su sesión ordinaria de ayer el proyecto 1017, que pretende prohibir a los contratantes de una Alianza Público Privada (APP) la designación como oficiales ejecutivos o directores corporativos de funcionarios o empleados públicos que hayan tenido participación en la evaluación, aprobación o supervisión de este tipo de convenio, mientras esté vigente el contrato y por un período de dos años luego de terminado el pacto.
En palabras simples, y según el senador Ramón Ruiz Nieves, autor de la medida, lo que se busca es no dejar "al cabro velando las lechugas".
Ruiz Nieves, en el hemiciclo, explicó que lo que se pretende con la medida es no permitir "que ese funcionario que evaluó ese contrato, que fue parte de ese comité ejecutivo, que pasaron dos años, renunció al gobierno y dice 'me voy entonces al mismo lugar del contrato que yo evalué, que lo tuve en la mesa, que lo discutí', termine solicitando una dispensa".
Añadió que ese funcionario piensa "yo más adelante salgo del gobierno, está por terminar el cuatrienio, renuncio, voy a Ética Gubernamental, solicito la dispensa y me voy a trabajar con los que yo evalué el contrato millonario".
Recordó que cuando se le pidió a la Contralora de Puerto Rico, Yesmín Valdivieso, su opinión, avaló la medida.
"La veía como una medida loable", sostuvo, al tiempo que rememoró que cuando se le solicitó su opinión a la Oficina de Ética Gubernamental, esa agencia expresó una objeción "y trajo a colación que se consultara al director ejecutivo de la AAPP y a quienes la administran las APP y aquí está el refrán de 'el cabro velando las lechugas'. Porque cómo le voy a consultar al que lo va a evaluar y más adelante yo voy a renunciar y formar parte de, que conoce el contrato, que lo discutió, que sabe las deficiencias, las posibles enmiendas, y cómo yo me muevo entonces a formar parte de ese contrato",
Una de las enmiendas es al artículo 8 de la "Ley de las Alianzas Público Privadas" (Ley 29 de 2009), referente al tiempo determinado que restringe la participación de un funcionario en este tipo de contrato.
La otra modificación es al artículo 10, ya que según Ruiz Nieves "no solamente es que enmendemos la Ley de APP, es que en el contrato de una nueva APP esté la cláusula donde dice que no tendrá derecho ninguna persona que evaluó o formó parte del comité a ser parte contratada por la empresa de la APP".
Para el político la medida "envuelve la responsabilidad de lo que ve el ciudadano, que critica continuamente. Entonces nosotros hablamos de la Ley de Ética Gubernamental, de los informes de ética, y cuando vamos a Ética, dice cumplió, tiene un año, le voy a otorgar la dispensa porque hace ya un año que salió del gobierno. Renunció y hace un año que está fuera, por lo tanto tiene derecho a la contratación" y de ahí la necesidad del proyecto de ley que "no deja puerta abierta y salvaguarda la honestidad e integridad del servicio público".