Aval cameral para medida que prohíbe actos de competencia desleal en el mercado de Puerto Rico
La legislación se presentó como una alternativa de reclamación ante los tribunales para los participantes del mercado afectado por estos actos
La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó, en sesión ordinaria, una medida para establecer la “Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico” que pretende prohibir los actos de competencia desleal en el mercado puertorriqueño.
El Proyecto de la Cámara 1372 (P. de la C. 1372), de la autoría del presidente cameral, Rafael “Tatito” Hernández Montañez y el representante novoprogresista, José “Quiquito” Meléndez Ortiz, se aprobó con 36 votos a favor.
La medida pretende enmendar la Ley Antimonopolística de Puerto Rico para aclarar que la persona o personas perjudicadas por los actos desleales tendrán derecho a elegir si desean presentar sus querellas a través de esta ley o presentar una reclamación judicial por medio de la Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico.
El informe positivo de la medida destacó que durante las vistas públicas que se celebraron, se recibieron ponencias que se analizaron para atender las preocupaciones presentadas.
“Esta medida se trabajó para brindar un remedio adicional para que la persona pueda acudir ante los tribunales de justicia de Puerto Rico para ser compensada por los agravios, ya que actualmente no existe ese derecho”, destacó el informe.
De igual manera, la legislación se presentó como una alternativa de reclamación ante los tribunales para los participantes del mercado afectados por estos actos, en la que se enumera qué prácticas comerciales se catalogan como ilícitas en Puerto Rico.
Como parte de la medida, las personas lesionadas por los actos ilícitos podrán presentar peticiones de “injunction”, y acciones privadas ante los tribunales para el recobro de las pérdidas sufridas. De esta manera, podrán asegurar el “funcionamiento correcto del mercado”.
“La existencia de una libre competencia es la base del buen funcionamiento de las operaciones mercantiles bajo la doctrina del liberalismo económico (el balance entre las leyes de oferta y demanda), para que los participantes en el mercado tengan el libre acceso y elección para adquirir lo que más les favorezca, sin limitación alguna, dentro de unos mercados leales, transparentes y competitivos”, dispuso el P. de la C. 1372.
Por otro lado, el cuerpo legislativo aprobó con 36 votos a favor el Proyecto de la Cámara 739 (P. de la C. 739) que busca enmendar la Ley de Tránsito de Puerto Rico con el propósito de disponer que la vigencia de las licencias de los concesionarios de vehículos de motor, arrastres y semiarrastres que lleven más de cinco años renovando se extiendan a tres años.
“Actualmente, el reglamento dispone que la vigencia de estas licencias será de un año. El trámite para la renovación de estas licencias anualmente requiere que los concesionarios se tengan que envolver en un sinnúmero de gestiones. Lo anterior provoca que dueños o administradores de concesionarios tengan que comprometer su tiempo realizando gestiones que en ninguna forma redundan en negocio adicional. En consideración a lo antes expresado es nuestra contención que las licencias de los concesionarios que lleven más de cinco años renovando sus licencias, se extienda la vigencia de la misma a tres años”, dispuso la medida.