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La Calle

‘Regalito’ del anterior gobierno PNP, municipios ya no responden por aceras a su cargo

Tribunal Supremo desestimó demanda de una corredora contra el Municipio de San Juan al aplicar nueva disposición del Código Municipal que da inmunidad a municipios por carreteras a su cargo.

La Legislatura y Ejecutivo del cuatrienio pasado, bajo el control del Partido Nuevo Progresista (PNP), aprobó un cambio al Código Municipal que ahora el Tribunal Supremo interpreta que implica que los municipios no responden de ninguna manera por los daños que los ciudadanos sufran al usar carreteras o aceras que son propiedad del gobierno estatal, pero cuyo mantenimiento está encargado al gobierno municipal.

La conclusión del Supremo, en votación 5-3, ocurrió en una demanda que la corredora Dannelly González Meléndez sometió contra el Municipio de San Juan después de que se cayó mientras corría por la acera del Parque Luis Muñoz Rivera por unos tubos de metal que sobresalían del suelo de la acera, pero estaban cubiertos por grama. Ese parque es el predio donde también ubica la sede del Tribunal Supremo.

González Meléndez demandó tanto al municipio como al gobierno, mediante el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP). Los tribunales inferiores determinaron desestimar la demanda contra el DTOP por entender que la mujer no había cumplido con los requisitos de notificación para demandar al gobierno, pero mantuvieron el pleito contra el municipio. Cuando el municipio recurrió al Alto Foro, este resolvió que la enmienda al Código Municipal inmunizaba al municipio y, como no había cumplido con la notificación al gobierno, desestimaron la demanda totalmente porque la corredora se quedó sin demandado a quien reclamarle.

Para el bloque mayoritario, representado por el juez asociado Roberto Feliberti Cintrón, el cambio al Código Municipal es claro en eximir de responsabilidad a los municipios por cualquier daño que ocurra en carreteras estatales. “Toda vez que el Gobierno aceptó que la Avenida Luis Muñoz Rivera es estatal y, por ende, su acera, resulta inmaterial discutir si el Municipio mantuvo la servidumbre de paso en condiciones razonables, pues el legislador limitó su responsabilidad como cuestión de política pública”, concluyó Feliberti Cintrón al interpretar que el relevo de responsabilidad que le confirieron los legisladores a los municipios en estos casos fue total.

Para los disidentes, la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y los asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez, ese absolutismo en la interpretación de la ley es un error de la mayoría.

“No me es factible concluir que la Asamblea Legislativa quiso darle una carta blanca a la negligencia de los municipios a costa del bienestar de la ciudadanía, y de la capacidad real del gobierno central para responder por el cuidado de nuestras carreteras, caminos y zonas aledañas”, planteó Oronoz Rodríguez al señalar que se trata de una norma “que no es ejecutable” y que esa inmunidad absoluta “contrarresta indebidamente con el mandato legal para que los municipios mantengan estas áreas en condiciones adecuadas, cuando tienen su control y mantenimiento”.

Para Estrella Martínez, la mayoría aplicó un “análisis absolutista” y obvia el hecho, que la propia mayoría reconoció, de que el accidente ocurrió en una carretera estatal cuyo “control, cuidado y mantenimiento correspondía al Municipio”. Se trata de “una carta en blanco a los municipios que los libere de toda responsabilidad por los daños que sufre un ciudadano”, abonó.

La doctrina del Supremo, expresada en 2001 en un caso contra el municipio de Lares, había sido que los ayuntamientos responden por los daños provocados por el estado de las carreteras y aceras que tienen a su cargo. Pero, en el 2019, “[e]l legislador consideró que la presentación de dichas acciones en contra de los municipios impactaría la precaria situación fiscal de estos últimos y provocaría un aumento significativo en los costos de las pólizas de responsabilidad pública”, consigna la resolución del Alto Foro.

Se añade que fueron los alcaldes del PNP, agrupados bajo la Federación de Alcaldes, los que avalaron la enmienda.

La determinación ocurre a la vez que el municipio de San Juan llegó a un acuerdo con el gobierno federal para arreglar sus aceras y hacerlas transitables para ciudadanos de mayor edad o con discapacidad, como manera de evitar un pleito por ello.

Para la resolución del Supremo, pulse aquí.

PDF: 2023tspr95.pdf

Vea:

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.