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El PFEI no designa fiscal contra alcalde de Naranjito

Fue investigado por una serie de contrataciones durante la pasada veda electoral.

Las transacciones de personal se realizaron durante el periodo de veda electoral, para las cuales no se obtuvo la correspondiente dispensa de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del gobierno (OATRH).
Foto: CyberNews

Ante la ausencia de prueba que sostenga la intención criminal, el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) concurrió con la recomendación del Departamento de Justicia y no asignó un fiscal especial independiente para investigar a un funcionario del Municipio de Naranjito y su alcalde Orlando Ortiz Chevres, trascendió el viernes.

Según un parte de prensa, el Panel emitió una amplia Resolución analizando los hechos contenidos en un Informe de la Oficina del Contralor sobre transacciones de personal, sobre los cuales Justicia adquirió jurisdicción.

Las transacciones de personal se realizaron durante el periodo de veda electoral, para las cuales no se obtuvo la correspondiente dispensa de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del gobierno (OATRH).

No obstante, en la investigación preliminar dictada por ley y realizada por la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC), se encontraron tres hallazgos principales. Estos son: que no medió intención ni negligencia criminal, que ninguno de los funcionarios involucrados procuró beneficiarse personalmente de las transacciones, y que los fondos federales que se utilizaron para cubrirlas, habrían tenido que ser devueltos.

La investigación analizada por el PFEI revela que las señaladas transacciones coincidieron con la pandemia del coronavirus. Entre los nombramientos cuestionados figuraron técnicos de Emergencias Médicas, cuidadores que atendieron pacientes con Cáncer y Alzheimer, un técnico de comunicaciones para el Sistema 911, y una persona a cargo de facilidades de limpieza.

“En esas circunstancias y conforme al derecho vigente, la omisión administrativa de no solicitar la dispensa, no puede resultar en la radicación de cargos criminales”, establece el Panel en su resolución.

La DIPAC examinó extensa y abundante documentación, evidencia y testimonios. Incluso, la existencia de varias órdenes ejecutivas emitidas por el alcalde, amparando acciones urgentes de emergencia, para contrarrestar la propagación del virus y su efecto adverso sobre la salud y seguridad de la ciudadanía. También, las órdenes ejecutivas emitidas por La Fortaleza durante toda la pandemia.

Además, se examinaron dos cartas que Ortiz Chevres escribió para replicar los señalamientos de la auditoría. El alcalde explicó que cuando se trata de fondos federales, él conoce la fecha de radicación de la propuesta para solicitar fondos, pero no tiene forrna de saber cuándo será aprobada.

Argumentó, que las contrataciones no pusieron en riesgo al erario y que estuvieron dirigidas a salvaguardar la salud del pueblo en una pandemia de letales proporciones.

Se reveló durante la investigación que fondos federales solicitados y posteriorrnente no utilizados, acarrean que pudiera privarse al municipio de acceder a nuevos recursos hasta por cinco años.

Sin embargo, sustenta la Resolución que el municipio omitió el trámite administrativo. Por tal razón, los nombramientos son nulos y deben aplicarse las consecuencias establecidas por ley, tal y como lo recomendó el Secretario de Justicia. Las mismas se recogen en el Artículo 2.055 del Código Municipal y en el Artículo 264 del Código Penal.

Por ello, se concluye por parte de la oficina del PFEI que, en ausencia de intención o negligencia criminal, los remedios no han de aplicarse por la vía penal, acogiendo así la recomendación del Secretario de Justicia de no designar un FEI.